Intentada la notificación, con arreglo al artº. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por este Centro Directivo, sin haberse podido practicar por causas no imputables a la Administración, de la notificación de inicio de control financiero dirigido a la entidad Gruteman, S.L. (C.I.F. B-35730373), por razón de la subvención concedida por importe de 103.500 euros, al amparo de la Orden de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica de 7 de marzo de 2003, por la que se convocan subvenciones para proyectos de innovación tecnológica y fomento industrial cofinanciadas por la Unión Europea (FEDER), y no teniendo constancia esta Intervención General del domicilio actual de la entidad Gruteman, S.L., de conformidad con lo dispuesto en el artº. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
R E S U E L V O:
1. Notificar el inicio de control financiero a la entidad Gruteman, S.L. (C.I.F. B-35730373), por razón de la subvención concedida por importe de 103.500 euros, al amparo de la Orden de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica de 7 de marzo de 2003, por la que se convocan subvenciones para proyectos de innovación tecnológica y fomento industrial cofinanciadas por la Unión Europea (FEDER).
El interesado dispone de un plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, para comparecer en la Intervención General de la Comunidad Autónoma, en el Servicio de Control Financiero de Fondos Comunitarios, calle Tomás Miller, 38, de Las Palmas de Gran Canaria, al objeto de ser notificado del contenido íntegro del escrito de requerimiento de información.
Así mismo, se advierte al interesado de que, si transcurrido dicho plazo, no hubiera comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado.
Todo ello de conformidad con el artículo 14.1.c) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre (B.O.E. de 18 de noviembre), por el que se establece la obligación que tienen los beneficiarios de subvenciones de someterse a las actuaciones de control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones de control, y con el artículo 46 de la citada Ley 38/2003, General de Subvenciones, por el que se establece la obligación que tienen los beneficiarios de subvenciones de facilitar cuanta documentación sea requerida por el órgano competente para el ejercicio de las funciones de control que le correspondan, considerándose la negativa al cumplimiento de la mencionada obligación resistencia, excusa, obstrucción o negativa, a los efectos previstos en el artículo 37 de la mencionada Ley de Subvenciones, sin perjuicio de las sanciones que, en su caso, pudieran corresponder.
2. Remitir el presente anuncio al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, población correspondiente al último domicilio conocido, para su publicación en el tablón de edictos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de octubre de 2006.- El Interventor General, p.d., el Jefe de Servicio de Control Financiero de Fondos Comunitarios (Resolución de 17.4.98), Agustín Ojeda Vega.
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