BOC - 2006/200. Viernes 13 de Octubre de 2006 - 1373

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Turismo

1373 - Escuela Oficial de Turismo de Canarias.- Resolución de 25 de septiembre de 2006, del Director, por la que se prorroga la vigencia de las pruebas de evaluación final para la obtención del título de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas (TEAT) hasta el año académico 2006/2007.

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Por Decreto 216/1990, de 18 de octubre (B.O.C. nº 144, de 19.11.90), se produjo la creación de la Escuela Oficial de Turismo de Canarias. A esta Escuela le corresponde la realización de las pruebas de evaluación final, para la obtención del título de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas, regulada por Orden del M.E.C. de 22 de diciembre de 1992 (B.O.E. de 14.1.93).

Como consecuencia de la incorporación de las enseñanzas turísticas a la Universidad, operada por el Real Decreto 259/1996, de 16 de febrero (modificado por 1.795/1999, de 26 de noviembre), se derogó el Real Decreto 865/1980 que regulaba las enseñanzas de TEAT, que quedaron a extinguir, encomendándose a las Administraciones competentes (Escuelas Oficiales de Turismo) la adopción de medidas encaminadas a garantizar a los alumnos de las enseñanzas a extinguir su derecho a concluirlas.

Como consecuencia de ello, por Resolución de esta Escuela, de 15 de noviembre de 2001 (B.O.C. de 12.12.01), se adoptaron una serie de medidas encaminadas a dicho fin; entre dichas medidas se contemplaba el mantenimiento de enseñanzas libres hasta el año 2003/2004 y la subsistencia de la prueba de evaluación final hasta el año 2006, eventual y excepcionalmente prorrogable al año 2007, si circunstancias especiales lo exigieran.

Concluido el período ordinario previsto en aquella resolución y considerando el elevado número de alumnos pendientes de superar la prueba para la obtención del título de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas, concurre causa suficiente para acordar la prórroga de la celebración de la prueba de evaluación final en el año 2007, año académico 2006/2007.

En su virtud, y de conformidad con lo previsto en el artículo 2º del Decreto 216/1990, de 18 de octubre y en el apartado segundo de la Resolución de 15 de noviembre de 2001,

R E S U E L V O:

1.- Prorrogar con carácter excepcional y por una sola vez, la vigencia de las pruebas de evaluación final para la obtención del título de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas, reguladas por Orden del M.E.C. de 22 de diciembre de 1992 (B.O.E. de 14.1.93), al año académico 2006/2007, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el apartado segundo de la Resolución de 15 de noviembre de 2001.

2.- De conformidad con lo anterior en los meses de junio y septiembre de 2007, se celebrarán las dos últimas convocatorias de las pruebas de evaluación final, la matrícula se formalizará en la forma y plazos que señale la resolución de convocatoria de las pruebas en el año 2007, y será independiente para cada convocatoria.

3.- Aquéllos, que tras la celebración de la prueba en dichas convocatorias, no la hayan superado en su totalidad, no podrán obtener el título correspondiente a las enseñanzas especializadas de turismo de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas.

4.- En el supuesto, de que los alumnos a que se refiere el apartado anterior, puedan acceder en otros centros autorizados para impartir enseñanzas turísticas, a la eventual adaptación a planes de estudio de Diplomado en Empresas y Actividades Turísticas (DEAT), o Diplomado en Turismo (DT), por la Escuela Oficial de Turismo de Canarias, se procederá a la expedición del correspondiente certificado académico a petición del interesado.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de septiembre de 2006.- El Director, Raimundo Domínguez de Vera.



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