Examinado el expediente administrativo tramitado por la Consejería de Turismo para la modificación de su relación de puestos de trabajo.
Considerando justificada la modificación de la misma por la necesidad de adaptar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Turismo a las exigencias actuales del Departamento.
Vistos los artículos 5, 6, 15, 16 y 16.bis de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y demás disposiciones vigentes de aplicación.
En su virtud, a iniciativa del Consejero de Turismo y a propuesta conjunta de los Consejeros de Presidencia y Justicia y de Economía y Hacienda, previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 1 de agosto de 2006,
D I S P O N G O:
Artículo único.- 1. Modificar la vigente relación de puestos de trabajo de la Consejería de Turismo, en los siguientes términos:
- Anexo I: puestos de nueva creación.
- Anexo II: puestos suprimidos.
- Anexo III: puestos modificados.
2. Una vez introducidas las anteriores modificaciones, la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Turismo queda en los términos del anexo IV.
DISPOSICIÓN FINAL
Única.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 1 de agosto de 2006.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Adán Martín Menis.
EL CONSEJERO DE
PRESIDENCIA Y JUSTICIA,
José Miguel Ruano León.
EL CONSEJERO DE
ECONOMÍA Y HACIENDA,
José Carlos Mauricio Rodríguez.
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