Habiéndose intentado infructuosamente la notificación por escrito a Reagra Tenerife, S.L., por encontrarse en ignorado paradero, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, a efectos de notificación, que por el Sr. Consejero Insular de Desarrollo Económico, Comercio y Empleo se ha dictado Resolución de fecha 24 de enero de 2006, recaída en el expediente AC603/05 de calificación, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
Conceder el trámite de audiencia por plazo de veinticinco (25) días al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de San Miguel de Abona y a Reagra Tenerife, S.L. para que puedan alegar lo pertinente sobre la información adicional solicitada, que se deberá aportar en anexo a proyecto, por duplicado ejemplar, realizado por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial y que es la siguiente:
- Medidas de seguridad adoptadas para en caso de rotura de los depósitos evitar el vertido incontrolado de aceite o la seguridad de los operarios al calentarse el aceite a 60 ó 70 Cû.
- Cálculos detallados de la Carga de fuego ponderada, Qp, en Mcal/m2, de los materiales que se prevean almacenar y/o manipular, indicando cantidad y tipo de almacenamiento.
- Descripción de los elementos constructivos y materiales (muros, tabiques, pilares, forjados, cubiertas, etc.) del local donde se ubica la actividad y características del comportamiento ante el fuego de éstos, para garantizar la evacuación del personal.
- Datos justificativos de los niveles de ruido máximo en el interior del local, aislamiento acústico de paredes, techos y suelos, y nivel máximo de ruidos emitidos al exterior.
Lo que se comunica para conocimiento de los interesados y correspondientes efectos.
Santa Cruz de Tenerife, a 1 de agosto de 2006.- El Jefe del Servicio Administrativo, Jesús Bernardos Correa.
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