Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación del requerimiento citado en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a la entidad Asociación Canaria de Estudio de la Globalización (ACEG), de requerimiento con registro de salida nº 401695/17354, de fecha 14 de junio de 2006, cuyo tenor literal es el siguiente:
"Asunto: reclamación de documentación. Programa de Colaboración S.C.E.-Comunidades Autónomas, Universidades, Instituciones sin ánimo de lucro ...
EXPEDIENTE: 084/06.
Vista la solicitud de subvención presentada por la entidad Asociación Canaria de Estudio de la Globalización (ACEG) (C.I.F. G35670660), al amparo de la Resolución de 15 de febrero de 2006, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo (B.O.C. de 23.2.06) por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en el ámbito de la colaboración con los órganos de la Administración General del Estado, y sus organismos autónomos, Comunidades Autónomas, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, se le comunica que para subsanar y complementar la aportada con anterioridad deberá presentar la documentación que se indica a continuación:
- Aportar una copia compulsada de toda la documentación aportada junto con la solicitud el 23 de marzo de 2006 excepto proyecto y alta a terceros.
D.N.I., poder bastanteado y certificado de actualización en su caso, estatutos registrados y visados por la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación, y adaptados a la Ley 4/2003, de 28 de febrero, tarjeta fiscal, certificado de hacienda estatal y certificado del I.G.I.C., certificado de la Seguridad Social.
- Anexos I y II adaptados a 7 meses y a los costes y categorías del convenio de aplicación o al importe del módulo correspondiente de ser éste inferior al convenio. Al módulo correspondiente al grupo de cotización 5 es 1.038,05 euros, le informamos de que los costes subvencionables corresponden con la tabla salarial actualizada y publicada antes de la finalización del plazo para la solicitud de la subvención (23 de marzo de 2006).
- Certificado con la aportación económica de la entidad para cubrir los costes laborales que no son subvencionables (finiquitos, actualización salarios, pluses ...) dicho certificado debe ser cuantificado con las partidas correspondientes a cada uno de los conceptos indicados.
Esta documentación deberá ser presentada en la Dirección del Servicio Canario de Empleo, en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).- Santa Cruz de Tenerife, a 12 de junio de 2006.- La Jefe de Servicio de Empleo, María Carmen Armada Estévez."
Santa Cruz de Tenerife, a 31 de julio de 2006.- La Directora, Soledad Monzón Cabrera.
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