BOC - 2006/158. Lunes 14 de Agosto de 2006 - 1128

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Sanidad

1128 - Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 28 de julio de 2006, de la Directora, por la que se amplía el plazo de resolución de las solicitudes de integración en la condición de personal estatutario fijo, del personal laboral fijo adscrito a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Resolución de esta Directora de 22 de marzo de 2006 (B.O.C. nº 63, de 30 de marzo), se oferta la integración en la condición de personal estatutario fijo, al personal laboral fijo adscrito a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud.

Segundo.- El plazo para resolver las solicitudes formuladas finaliza el 8 de agosto de 2006, de acuerdo con el cómputo previsto en la base séptima de la Resolución mencionada en el antecedente de hecho anterior y en el artículo 4.C) del Decreto 87/1998, de 28 de mayo (B.O.C. nº 77, de 24 de junio), de aplicación en el procedimiento de integración referido.

Tercero.- El número de las solicitudes formuladas ha impedido el cumplimiento del plazo máximo de resolución establecido en el Decreto y Resolución citados en los antecedentes de hecho anteriores. Por otro lado, desde la oferta de integración no se ha celebrado ninguna Mesa Sectorial, siendo requisito previo a la resolución de los expedientes tal como establece el artículo 4.B) del Decreto 87/1998, de 28 de mayo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que excepcionalmente podrá acordarse la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación por un período no superior al establecido para la tramitación del procedimiento, cuando concurran circunstancias concurrentes como la descrita en el antecedente de hecho tercero de esta Resolución.

Segundo.- Asimismo, el precepto citado en el fundamento anterior establece que la competencia para acordar la ampliación del plazo corresponde al órgano competente para resolver o, en su caso, al superior jerárquico, lo que vendrá determinado por el momento procedimental en que se encuentre el expediente. Así, cuando la propuesta se efectúe por el Instructor antes de formular la Propuesta de Resolución, acordará la ampliación del plazo el órgano competente para resolver, supuesto en que se halla el expediente de referencia.

En su virtud, de acuerdo con las competencias que me confiere la base séptima de la Resolución de 22 de marzo de 2006, a propuesta de la Dirección General de Recursos Humanos,

R E S U E L V O:

Primero.- Ampliar el plazo de resolución de las solicitudes de integración en la condición de personal estatutario fijo, del personal laboral fijo adscrito a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, formuladas en virtud de la Resolución de esta Directora de 22 de marzo de 2006 (B.O.C. nº 63, de 30 de marzo), por la que se oferta dicha integración.

Segundo.- La ampliación del plazo se efectúa por un período de tres meses, por lo que la fecha de resolución finalizará el 8 de noviembre de 2006.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.2 in fine de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contra esta Resolución no cabe recurso alguno.

Las Palmas de GranCanaria, a 28 de julio de 2006.- La Directora, Juana María Reyes Melián.



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