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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Industria y Energía, por el que se amplían los créditos y se modifica el plazo de resolución para la concesión de subvenciones a proyectos de ahorro, diversificación energética y utilización de energías renovables.
Vista la iniciativa formulada por el Director General de Industria y Energía, a propuesta de la Secretaría General Técnica.
Teniendo en cuenta los siguientes
I. ANTECEDENTES
Primero.- Por Orden Departamental de 27 de mayo de 2002 (B.O.C. nº 73, de 3.6.02), se modificaron las bases reguladoras para el período 2000 a 2006 aprobadas por Orden de 23 de mayo de 2000, para la concesión de subvenciones a proyectos de ahorro, diversificación energética y utilización de energías renovables y se realizó la convocatoria para el año 2002.
Segundo.- Por Orden de 28 de diciembre de 2005 (B.O.C. nº 3, de 4.1.06), se efectuó convocatoria anticipada para el año 2006, para la concesión de subvenciones a proyectos de ahorro, diversificación energética y utilización de energías renovables, estableciendo que el importe de los créditos disponibles para atender las solicitudes presentadas durante el presente ejercicio es de 1.000.000,00 de euros.
Tercero.- En el marco de las actuaciones del Gobierno de España en materia de ahorro, diversificación energética y respeto al medio ambiente, el Consejo de Ministros de fecha 26 de agosto de 2005, aprobó el Plan de Energías Renovables (PER) 2005-2010.
Cuarto.- El Gobierno de Canarias, que tiene entre sus fines fomentar el aprovechamiento de los recursos renovables y favorecer el ahorro energético, firmó un acuerdo de colaboración el 28 de abril de 2006, con el Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía para actuaciones de apoyo público contempladas en el Plan de Energías Renovables en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, ejercicio 2006.
Este Convenio se concretará en programas de ayudas públicas a inversiones en nuevos proyectos de aprovechamiento energético entre los cuales figura el área de solar fotovoltaica aislada.
Quinto.- La base octava de la Orden de 27 de mayo de 2002, por la que se modificaron las bases reguladoras para el período 2000 a 2006 aprobadas por Orden de 23 de mayo de 2000, para la concesión de subvenciones a proyectos de ahorro, diversificación energética y utilización de energías renovables y se realizó la convocatoria para el año 2002, establece para la resolución un plazo de 6 meses desde la publicación de la correspondiente convocatoria anual.
Sexto.- El volumen de las solicitudes presentadas, unido a la necesidad de que se aprobara, por parte del Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía, con carácter previo a la incorporación de los créditos, el correspondiente Plan de Trabajo recogiendo las actuaciones derivadas del Convenio suscrito, hace imposible el cumplimiento del plazo de resolución fijado en la base octava de la citada Orden de 27 de mayo de 2002.
Séptimo.- Ante la posibilidad de incrementar los mencionados créditos y a la vista de las solicitudes presentadas, se considera conveniente aumentar la dotación de los créditos previstos, así como modificar el plazo de resolución.
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- En el apartado tercero de la parte resolutoria de la citada Orden de 28 de diciembre de 2005 se señala que el importe de los créditos disponibles para atender las solicitudes presentadas durante el presente ejercicio presupuestario es de 1.000.000,00 de euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 15.03.731B.780.00, Proyecto de Inversión 02.7089.01 denominado "Energías Renovables, Eficacia y Ahorro Energético", por importe de 600.000,00 euros y con cargo a la aplicación presupuestaria 15.03.731B.780.00, Proyecto de Inversión 06.7151.05 denominado "Plan Energías Renovables", por importe de 400.000,00 euros, y que a dichos importes, con anterioridad a la Resolución de la convocatoria, se les podrán añadir los créditos que como consecuencia de la propia gestión del Programa se precisen, vía modificación de crédito o por incremento de la dotación inicialmente asignada al Programa en función del presupuesto consignado en el proyecto.
Segunda.- El artículo 10.4 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. nº 170, de 31.12.97), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, indica que corresponde aprobar las bases y efectuar las convocatorias y por ende la modificación de las mismas a los titulares de los Departamentos, a iniciativa de los órganos gestores y a propuesta de la Secretaría General Técnica.
Tercera.- El último párrafo del apartado 1 del artículo 10 del Decreto 337/1997 citado, señala que cualquier modificación de las bases de una convocatoria deberá ser objeto de publicación en el Boletín Oficial de Canarias, debiendo concederse nuevo plazo de presentación de solicitudes si la modificación afecta al régimen de concurrencia. La modificación que pretende, relativa a la ampliación del plazo de resolución, no afecta al régimen de concurrencia.
En su virtud, en uso de las competencias que tengo atribuidas,
R E S U E L V O:
Primero.- Modificar el apartado tercero de la parte resolutoria de la Orden de 28 de diciembre de 2005 por la que se efectuó convocatoria anticipada para el año 2006, para la concesión de subvenciones a proyectos de ahorro, diversificación energética y utilización de energías renovables, ampliándose el importe total de los créditos presupuestarios que se destinan a la financiación de la convocatoria en el presente ejercicio presupuestario en 85.152,00 euros, quedando la dotación económica de la convocatoria en 1.085.152,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 15.03.731B.780.00, Proyecto de Inversión 02.7089.01 denominado "Energías Renovables, Eficacia y Ahorro Energético" por importe de 600.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 15.03.731B.780.00, Proyecto de Inversión 06.7151.05 denominado "Plan Energías Renovables", por importe de 400.000,00 euros, ambos proyectos con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Programa Operativo de Canarias 2000-2006 (P.O.C. 2000-2006), eje 6, medida 9, con una tasa de cofinanciación del 55% y con cargo a la aplicación presupuestaria 15.03.731B.780.00, Proyecto de Inversión 06.7151.21 denominado "Plan Energías Renovables: IDAE" por importe de 85.152,00 euros.
Segundo.- Modificar el plazo de resolución establecido en la base octava de la Orden de 27 de mayo de 2002, estableciendo un nuevo plazo que finaliza el 30 de septiembre de 2006.
Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de julio de 2006.
LA CONSEJERA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS,
María Luisa Tejedor Salguero.
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