BOC - 2006/142. Lunes 24 de Julio de 2006 - 2618

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

2618 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 10 de julio de 2006, de la Directora, relativo a notificación de resolución de concesión de subvención de contratación indefinida I+E a la entidad Daura Rodríguez Sigut (Autónomo).- Expte. nº 07/00 I+E.

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de resolución citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación de resolución de concesión de subvención de contratación indefinida a la entidad Daura Rodríguez Sigut (Autónomo), de fecha 18 de septiembre de 2000, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Subvención por contratación indefinida (Orden de 15.7.99).

La Subdirección de Empleo, de conformidad con el artº. 4 del Decreto 3/2000, de 18 de enero, de adaptación del procedimiento de concesión de subvenciones por el Instituto Canario de Formación y Empleo (a partir de ahora el ICFEM) para el desarrollo de programas de políticas de empleo eleva la siguiente Propuesta de Resolución:

Vista la solicitud de subvención presentada por

Dña. Daura Rodríguez Sigut.

D.N.I.: 78.558.956-H .

Expte. nº: 07-00.

Examinado el expediente de solicitud de subvención por contratación de trabajadores desempleados en calidad de titular de la Empresa Daura Rodríguez Sigut (Autónomo) con N.I.F. nº 78.558.956-H, al amparo de lo dispuesto en la Orden Ministerial de 15 de julio de 1999 (B.O.E. de 31 de julio), por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificadas como I+E, cuya gestión fue transferida al ICFEM por Real Decreto 150/1999, de 29 de enero (B.O.E. de 17 de febrero), modificado por Real Decreto 939/1999, de 4 de junio (B.O.E. de 25 de junio) y adaptada a la organización de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias por el Decreto 3/2000, de 18 de enero, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

Y según los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- Con fecha de 30 de marzo de 2000 tuvo entrada en el Registro el expediente citado, en solicitud de una subvención por importe de dos millones seiscientas cuarenta mil (2.640.000) pesetas por la contratación de tres trabajadores desempleados, adjuntando la documentación correspondiente.

Segundo.- La empresa peticionaria es resultante de un proyecto empresarial calificado como Iniciativa Local de Empleo por resolución de fecha 19 de agosto de 1999.

Tercero.- Se constituyó efectivamente como empresa dándose de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en la actividad de centro materno infantil.

Cuarto.- Que el expediente de referencia ha sido analizado y evaluado por la Subdirección de Empleo utilizando, para ello, los criterios y requisitos dispuestos en los artículos 21 y siguientes de la citada Orden Ministerial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Real Decreto 150/1999, de 29 de enero, modificado por Real Decreto 939/1999, de 4 de junio, ha traspasado a la Comunidad Autónoma la gestión del programa establecido en la Orden de 15 de julio de 1999, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificadas como I+E.

Segundo.- Se cumplen los requisitos establecidos en el artº. 22 de la citada Orden Ministerial.

Tercero.- El presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo, previa autorización de la Comisión de su Consejo de Administración de 4 de abril, es competente para conceder la subvención propuesta, de conformidad con lo establecido en el artº. 5 del Decreto de 18 de enero 2000, por la que se adapta el procedimiento establecido en la Orden de 15 de julio de 1999, delegándose esta competencia en el Director del citado Organismo por Resolución de 13 de abril de 2000 (B.O.C. de 19 de mayo).

Cuarto.- La Resolución de 16 de marzo (B.O.C. 35, de 20.00) del Presidente del ICFEM establece el crédito consignado para financiar este programa, en la Aplicación 23.01.322C.470.21 Proyecto 23453901. "Iniciativas Locales de Empleo y Agentes de Empleo y Desarrollo Local".

Quinto.- El órgano competente para resolver, en el plazo de tres meses siguientes a la presentación de la solicitud, dictará la resolución que proceda. Transcurrido dicho plazo sin haber recaído resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud de subvención a los solos efectos, de acuerdo con el artº. 43.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de permitir a los interesados la interposición del recurso contencioso-administrativo, si bien, de acuerdo con el artº. 43.4.b) de la citada ley, en los casos de desestimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior al vencimiento del plazo se adoptará por la Administración sin vinculación alguna al sentido del silencio.

Sexto.- El artº. 21, apartado f) de la Orden de 15 de julio de 1999 establece que tendrán un incremento del 10 por 100 de la cuantía de la subvención si la actividad productiva principal de la empresa se inscribe dentro de los ámbitos relacionados en la misma, entre los que se señala el de cuidado de niños.

A la vista de la documentación aportada y previo análisis de la misma,

R E S U E L V E:

1º) Conceder a la empresa Daura Rodríguez Sigut, con N.I.F. 78.558.956-H la cantidad de dos millones seiscientas cuarenta mil (2.640.000) pesetas con cargo al concepto presupuestario 23.01.322C.470.21 del Proyecto 23453901 "Iniciativas Locales de Empleo y Agentes de Empleo y Desarrollo Local" del vigente presupuesto del ICFEM por la contratación de los trabajadores desempleados que a continuación se relacionan a razón de 800.000 pesetas por cada contratación indefinida a jornada completa o parte proporcional si la contratación se produce a tiempo parcial, más un incremento del 10 por 100 por tratarse de una actividad de las definidas en el artículo 21 apartado f) de la Orden de 15 de julio de 1999.


NOMBRE Y APELLIDOS D.N.I.

MARÍA CANDELARIA SÁNCHEZ YANES 43.775.247-Z

CARMEN SANTANA RODRÍGUEZ 43.802.806-L

MARÍA EUGENIA GARCÍA LÓPEZ 54.040.067-A


2º) Abonar la subvención concedida a la empresa Daura Rodríguez Sigut, con N.I.F. 78.558.956-H con domicilio social en la calle Urbanización Parque La Vega, 3, La Laguna, transfiriendo su importe a la cuenta corriente nº 0182-07720101512093 que tiene abierta a su nombre en la entidad financiera BBV sita en calle Obispo Rey Redondo, 25, La Laguna.

La empresa beneficiaria de las subvenciones previstas para I+E vienen obligadas a mantener el nivel de plantilla de trabajadores contratados indefinidamente y de los socios trabajadores de cooperativas y sociedades laborales durante al menos tres años. Cuando en dicho plazo se produzca el cese de trabajadores fijos o socios trabajadores, salvo en los supuestos de fuerza mayor, la empresa beneficiaria, antes de transcurrido el plazo de un mes, está obligada a sustituirlos al menos por la misma jornada sin que dicha contratación de lugar a una nueva subvención.

El incumplimiento de lo establecido en la Orden de 15 de julio de 1999 podrá originar, a la vista de la naturaleza y causas de incumplimiento, en su caso, el reintegro total o parcial de las cantidades que se hubiesen recibido, con los intereses correspondientes.

Notifíquese la presente Resolución al interesado con la indicación de que, contra ésta, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente del ICFEM en el plazo de un mes, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera formularse. El cómputo de los plazos indicados anteriormente, se iniciará a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.- 18 de septiembre de 2000.- El Director del Instituto Canario de Formación y Empleo, Diego León Socorro.- Propuesto.- Santa Cruz de Tenerife, a 21 de agosto de 2000.- La Subdirectora de Empleo, María Teresa Covisa Rubia."

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de julio de 2006.- La Directora, Soledad Monzón Cabrera.



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