Por Real Decreto 475/2006, de 21 de abril, se amplían los medios traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias por el Real Decreto 446/1994, de 11 de marzo.
Tales medios corresponden a funciones y servicios afectos al área de competencias de la Administración Sanitaria, por lo que de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 4/1997, de 6 de junio, sobre sedes de los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En su virtud, visto el informe de la Dirección General del Servicio Jurídico,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Los medios adscritos a las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 475/2006, de 21 de abril, se asignan a la Consejería de Sanidad.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y surtirá efectos desde el día 26 de abril de 2006, fecha de efectividad del Real Decreto 475/2006, de 21 de abril.
Santa Cruz de Tenerife, a 12 de julio de 2006.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Adán Martín Menis.
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