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Advertido error, por omisión, en el anexo II de la Orden departamental por la que se aprueban las bases que han de regir en la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de centros y servicios de día de menores y las unidades y equipos territoriales de riesgo, prevención e intervención con menores en condiciones de alta vulnerabilidad social, así como de programas de educación familiar, atención de familias desfavorecidas y en situación de riesgo y apoyo a familias en cuyo seno se produce violencia familiar y se efectúa la convocatoria para el 2006, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 121, de 23 de junio de 2006, ya que, concretamente, no se ha consignado, en dicho anexo, la definición de dos de los programas a subvencionar relacionados en la base cuarta de la citada Orden departamental, se procede a su corrección, de conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,
R E S U E L V O:
Primero.- Se corrige error, por omisión, detectado en el anexo II de la Orden departamental nº 376, de 15 de junio, por la que se aprueban las bases que han de regir en la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de objetivos de prevención y riesgo del Plan Integral del Menor en Canarias y se efectúa la convocatoria para el año 2006 (B.O.C. nº 121, de 23.6.06), cuyo contenido literal es el siguiente:
"ANEXO I I
PROGRAMAS Y PROYECTOS
A efectos de la presente convocatoria y en el marco del desarrollo de la planificación autonómica se contemplan y definen como dispositivos subvencionables los siguientes:
1ª) SERVICIOS Y CENTROS DE DÍA.
DEFINICIÓN: representan el conjunto de actuaciones socioeducativas programadas para el apoyo a las familias en las tareas de atención, protección y educación a los hijos. Podrán contemplarse centros y servicios de día, promoviendo, siempre que las circunstancias lo permitan y por razones de costo y utilidad para estas actividades, la utilización de manera polivalente de espacios, centros equipamientos sociales, culturales, educativos o deportivos.
OBJETIVO: los establecidos en el Objetivo General Intermedio 3 del Plan Integral del Menor en Canarias.
DESTINATARIOS:
- Menores susceptibles de actuaciones de prevención y riesgo.
- Otro tipo de menores cuyos padres necesitan de este apoyo.
PERFILES PROFESIONALES.
- Educadores/as.
- Animadores/as.
Se ha de tener en cuenta que estos profesionales por las características del trabajo a desempeñar han de desarrollar la casi totalidad de su horario en la calle, el barrio, o entorno comunitario.
CRITERIOS DE REFERENCIA: con carácter general los dispuestos en los artículos del 5 al 8 del Decreto 40/2000, de 15 de marzo (B.O.C. nº 44, de 10 de abril).
a) En los Servicios de Día:
Módulo básico: 1 técnico/a grupo II y 1 profesional del grupo III, a media jornada para la atención a 20 menores. Aumentando o disminuyendo la composición del módulo básico en función de las necesidades municipales.
b) En los Centros de Día:
Módulo básico: 2 técnico/a grupo II y 1 profesional del grupo III, a media jornada, para la atención a 20 menores. Aumentando o disminuyendo la composición del módulo básico en función de las necesidades municipales.
2ª) UNIDADES O EQUIPOS TERRITORIALES DE RIESGO, PREVENCIÓN E INTERVENCIÓN CON MENORES EN CONDICIONES DE ALTA VULNERABILIDAD SOCIAL.
DEFINICIÓN: son recursos técnicos y profesionales de naturaleza interdisciplinar y de ámbito municipal o comarcal destinados a sustentar la atención integral a menores y familias en condiciones de alta vulnerabilidad social y/o riesgo en el ámbito local.
OBJETIVO: los establecidos con carácter general en el Objetivo General Intermedio nº 5 del Plan Integral del Menor en Canarias, incorporando la detección temprana, 1ª valoración, la atención, derivación y/o notificación de situaciones de riesgo y maltrato infantil. De igual forma se atenderán, los referidos a prevención de la exclusión y apoyo a la convivencia, especialmente para aquellos municipios cuyas realidades aconsejen y permitan contemplar recursos polivalentes; así como, todas aquellas que desarrollen la atención a las condiciones de vulnerabilidad social de los menores y familia en Canarias.
DESTINATARIOS: menores y su familia, cuyo desarrollo personal y social se está perjudicando por estar sometido a una inadecuada satisfacción de las necesidades físicas, cognitivas, emocionales y sociales que les generan sus condiciones de vida y de convivencia.
PERFILES PROFESIONALES: Psicólogos/as, Trabajadores/a Sociales y Educadores.
CRITERIOS DE REFERENCIA: el módulo básico lo constituye: 1 Psicólogo/a (grupo I), 1 Trabajador/a Social (grupo II) y 1 Educador/a (grupo II). Aumentando o disminuyendo la composición del módulo básico en función de las necesidades municipales contrastadas conforme a indicadores de la realidad socioeconómica.
3ª) EDUCACIÓN FAMILIAR, ATENCIÓN A FAMILIAS DESFAVORECIDAS Y EN SITUACIÓN DE RIESGO.
DEFINICIÓN: programas de apoyo a las familias y menores en situación de riesgo evitando así que los menores se les apliquen medidas de protección o reforma. Se incluyen en este apartado programas o proyectos que contemplen actuaciones socio educativas que presten apoyo a las familias para capacitar a los adultos a desempeñar sus tareas parentales con el fin de cuidar adecuadamente a los menores.
OBJETIVOS: el objetivo de estos programas es la intervención social individualizada de carácter integral en núcleos familiares que se encuentran en dificultad social. Esta intervención contemplará tanto actuaciones socioeducativas y asistenciales, como de inserción laboral.
DESTINATARIOS: menores y familias en situación de exclusión o vulnerabilidad social.
PERFILES PROFESIONALES: Psicólogos/as, Trabajadores/as Sociales y Educadores/as.
CRITERIOS DE REFERENCIA: para el desarrollo de este programa será susceptible de subvención como máximo un Titulado Superior y dos Titulados Medios.
4ª) APOYO A FAMILIAS EN CUYO SENO SE PRODUCE VIOLENCIA FAMILIAR.
DEFINICIÓN: estos programas contemplan familias en cuyo seno se produce violencia familiar, entendiendo esta como todo acto u omisión de un miembro de la familia hacia otro, con consecuencias negativas para este y que tiene como resultado un daño físico, psíquico y en cualquier caso en su desarrollo.
OBJETIVOS: intervenir en aquellas familias en las que se hayan detectado problemas de violencia en su seno, aunque se podrán contemplar actuaciones de tipo preventivo dirigidas a núcleos familiares determinados en situación de riesgo.
DESTINATARIOS: familias en cuyo seno se produce violencia familiar.
PERFILES PROFESIONALES: Psicólogos/as, Trabajadores/as Sociales y Educadores/as.
CRITERIOS DE REFERENCIA: para el desarrollo de este programa será susceptible de subvención como máximo un Titulado Superior y dos Titulados Medios."
Segundo.- Se publique dicha corrección, en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 27 de junio de 2006.
LA CONSEJERA DE EMPLEO
Y ASUNTOS SOCIALES,
María Luisa Zamora Rodríguez.
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