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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,
R E S U E L V O:
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 3 de abril de 2006, relativo a la Ordenación del Área 2.9 en relación con los Sectores de Suelo Urbanizable Geneto 2, Geneto 8 y Guamasa 1, suspendida por el Acuerdo del la C.O.T.M.A.C. de 7 de octubre de 2004, cuyo texto figura como anexo.
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de junio de 2006.- El Director General de Urbanismo, Rafael Castellano Brito.
A N E X O
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 3 de abril de 2006, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Primero.- Aprobar definitivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 43.2.a) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, la Ordenación de los Sectores de Suelo Urbanizable Guamasa 1, Geneto 2 y Geneto 8, término municipal de San Cristóbal de La Laguna (Tenerife), al quedar subsanados los reparos reflejados en el informe de la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento.
Segundo.- El presente Acuerdo será debidamente notificado al Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna y al Cabildo Insular de Tenerife, y será publicado en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente acuerdo, salvo que, siendo titulares de derechos afectados, ejercite el derecho a mostrar su disconformidad en los términos señalados en el anterior dispositivo segundo, en cuyo caso, en tanto no se pronuncie el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa, no queda agotada la vía administrativa.
Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, sobre Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, modificado por el Decreto 254/2003, de 2 de septiembre.
La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- Santa Cruz de Tenerife, a 8 de mayo de 2003.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, p.a., el Jefe de Servicio de Apoyo a la C.O.T.M.A.C. Occidental, Juan Diego Hernández Domínguez.
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