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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación para la solicitud de convalidación de la inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos de las empresas que figuran en el anexo, conforme a lo contenido en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O:
Proceder a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Resolución que figura en el anexo a la presente.
Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de junio de 2006.- La Secretaria General, María Teresa Larrea Díez.
A N E X O
RESOLUCIÓN DE 20 DE JUNIO DE 2006, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD, RELATIVA A LA CANCELACIÓN Y BAJA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO GENERAL SANITARIO DE ALIMENTOS DE LAS EMPRESAS RELACIONADAS.
Tras haberse practicado a los interesados, de acuerdo con el artículo 9 del Real Decreto 1.712/1991, de 29 de noviembre, sobre Registro General Sanitario de Alimentos, la notificación de requerimiento para la solicitud de convalidación de la inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos (R.G.S.A.), a través de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias nº 24, el 3 de febrero de 2006, y transcurrido el plazo establecido conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y no habiéndose recibido comunicación alguna al respecto, es por lo que esta Dirección General procede, mediante la presente, a dar de baja de inscripción en el R.G.S.A, e informar a la Subdirección General de Riesgos Alimentarios de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria, para que se lleve a cabo la cancelación de los asientos registrales de las empresas relacionadas.
ontra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Sanidad, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 30.1 del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud, sin perjuicio de cualquier otro que se considere pertinente.Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de junio de 2006.- El Director General de Salud Pública, José Díaz-Flores Estévez.
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