BOC - 2006/130. Jueves 6 de Julio de 2006 - 2394

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

2394 - Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 21 de junio de 2006, del Director Ejecutivo, sobre notificación a D. Gaspar Ramírez Ortega, de la Resolución recaída en el expediente de R.P. 1009/2005.

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No habiéndose podido practicar la notificación a D. Gaspar Ramírez Ortega de la resolución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural nº 1298, de fecha 18 de mayo de 2006, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,

R E S U E L V O:

Notificar a D. Gaspar Ramírez Ortega la Resolución nº 1298, de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 18 de mayo de 2006, recaída en el expediente instruido en esta Agencia con referencia R.P. 1009/2005, y cuya parte dispositiva dice textualmente:

Primero.- Imponer a D. Gaspar Ramírez Ortega una multa de mil quinientos (1.500) euros, como responsable de la comisión de una infracción tipificada y clasificada de leve en el artículo 38.4.c), en relación con los artículos 38.3.b) y 19 de la Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias consistente en la eliminación incontrolada de residuos no peligrosos (cajas de cartón, palets de madera, un colchón y chatarras), mediante la quema de los mismos, en el lugar conocido como El Barranquillo, en la calle Cánovas del Castillo, 168, término municipal de Telde.

Segundo.- Ordenar al infractor a que proceda a la reposición de las cosas al estado anterior a la comisión de la infracción, mediante la retirada y entrega a gestor autorizado de los residuos resultantes de la quema, en el plazo de un mes, advirtiéndole que, transcurrido el mismo, sin que tal extremo se haya acreditado, se podrán imponer al infractor sucesivas multas coercitivas cuya cuantía no excederá de un tercio de la sanción impuesta, y en su caso, podrá procederse a la ejecución subsidiaria por cuenta del infractor y a su costa, conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 10/1988, de 21 de abril, de Residuos, así como en el artículo 96 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Tercero.- Notificar la presente Resolución al infractor y demás interesados, advirtiéndole que contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su notificación.

El cumplimiento de las obligaciones económicas se hará efectivo en el tiempo y forma que se establezca en la notificación que le remitirá la Consejería de Economía y Hacienda a este fin, una vez sea firme la resolución en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 13 de agosto de 2002, por la que se da publicidad a la suscripción del Convenio entre la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio del Gobierno de Canarias y la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, para la prestación del servicio de gestión de cobro de los ingresos de derecho público propios de la Agencia, tanto en período voluntario como en vía ejecutiva."

Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones e Información del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de junio de 2006.- El Director Ejecutivo, Pedro Gómez Jiménez.



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