BOC - 2006/130. Jueves 6 de Julio de 2006 - 2390

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia y Justicia

2390 - Dirección General de Administración Territorial y Gobernación.- Anuncio de 16 de junio de 2006, por el que se hace pública la Resolución que declara la extinción de la autorización de instalación de una sala de máquinas de tipo "A" en Hotel Tenerife Golf, Urbanización El Gincho, s/n, San Miguel de Abona.

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De conformidad con lo previsto en el artº. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Resolución por la que se declara la extinción de la autorización de instalación de una sala de máquinas de tipo "A" en el Hotel Tenerife Golf, Urbanización El Gincho, s/n, San Miguel de Abona, al haber sido devuelto el mismo, por el servicio ordinario de correos, en reiteradas ocasiones, figurando el domicilio comunicado por la representación del citado establecimiento hotelero, como desconocido, siendo la resolución del siguiente tenor literal:

Examinado el expediente tramitado por el Negociado de Casinos y Bingos, para la extinción de la autorización de instalación de una sala de máquinas de tipo "A", en el Hotel Tenerife Golf, sito en la Urbanización El Gincho, s/n, del término municipal de San Miguel de Abona.

Vista la propuesta formulada por el Servicio de Gestión del Juego.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Por Resolución de la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación de fecha 22 de abril de 1993, se concedió autorización para la instalación de una sala de máquinas de tipo "A" en el Hotel Tenerife Golf, de San Miguel de Abona.

2º) El 14 de marzo de 2006, se le requirió para que manifestara su intención de renovación o extinción de la autorización de instalación de la sala de máquinas de referencia, con el fin de ajustar el correspondiente expediente a lo establecido en el vigente Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de esta Comunidad Autónoma.

3º) El 31 de marzo de 2006, Dña. Margarita Martínez González, en representación del Hotel Tenerife Golf, presentó escrito ante esta Dirección General de Administración Territorial y Gobernación, solicitando la baja de la sala de máquinas de tipo "A" autorizada.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Que las competencias funcionales en esta materia se regulan por la Ley 6/1999, de 26 de marzo, reguladora de los Juegos y las Apuestas y por el Decreto 162/2001, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de esta Comunidad Autónoma.

Segunda.- Que de conformidad con lo previsto en el artº. 53.a) del Decreto 40/2004, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Justicia, esta Dirección General de Administración Territorial y Gobernación es competente para el inicio y resolución de este expediente.

Tercera.- Que el procedimiento seguido en la tramitación de este expediente, se ajusta a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero, procediéndose a resolver el mismo dentro del plazo establecido en la citada disposición legal.

Cuarta.- Que el artº. 7 de la Ley 6/1999, de 26 de marzo, y el artº. 47 del Decreto 162/2001, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, regulan las autorizaciones administrativas de instalación y explotación de máquinas en los establecimientos de hostelería.

En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Autorizar la extinción de la autorización de instalación de una sala de máquinas de tipo "A" en el Hotel Tenerife Golf, sito en la Urbanización El Gincho, s/n, del término municipal de San Miguel de Abona, debiendo cesar la actividad de explotación de las máquinas tipo "A" en dicho complejo hotelero, así como hacer entrega ante esta Dirección General, de la correspondiente documentación de las máquinas de referencia.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Administración Pública, a interponer en el plazo de un mes, contado desde la notificación de la presente y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse, debiéndose dar traslado de la misma a la representación del Hotel Tenerife Golf.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de junio de 2006.- La Directora General de Administración Territorial y Gobernación, Victoria González Ares.



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