Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación para la solicitud de cancelación y baja de inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos de las empresas que figuran en el anexo, conforme a lo contenido en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
R E S U E L V O:
Proceder a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Resolución que figura en el anexo a la presente.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de junio de 2006.- La Secretaria General del Servicio Canario de la Salud, María Teresa Larrea Díez.
A N E X O
RESOLUCIÓN DE 2 DE JUNIO DE 2006, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD, RELATIVA A LA CANCELACIÓN Y BAJA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO GENERAL SANITARIO DE ALIMENTOS DE LAS EMPRESAS RELACIONADAS.
Tras haberse practicado a los interesados, de acuerdo con el artículo 9, del Real Decreto 1.712/1991, de 29 de noviembre, sobre Registro General Sanitario de Alimentos, la notificación de requerimiento para la solicitud de convalidación de la inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos (R.G.S.A.), a través de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias nº 24, el 3 de febrero de 2006, y transcurrido el plazo establecido conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y no habiéndose recibido comunicación alguna al respecto, es por lo que esta Dirección General procede, mediante la presente, a dar de baja de inscripción en el R.G.S.A., e informar a la Subdirección General de Riesgos Alimentarios de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria, para que se lleve a cabo la cancelación de los asientos registrales de las empresas relacionadas.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Sanidad, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 30.1 del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud, sin perjuicio de cualquier otro que se considere pertinente.- Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de junio de 2006.- El Director General de Salud Pública, José Díaz-Flores Estévez.© Gobierno de Canarias