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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,
R E S U E L V O:
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 5 de mayo de 2006, relativo a la Dación de Cuenta de sentencia 636/03 de Revisión del Plan General de Ordenación de Telde en RCA nº 207/2002, cuyo texto figura como anexo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de junio de 2006.- El Director General de Urbanismo, Rafael Castellano Brito.
A N E X O
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 5 de mayo de 2006, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Primero.- Tomar conocimiento de la sentencia 636/03 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el RCA nº 207/2002, teniendo por anulado el Plan General de Ordenación de Telde (Gran Canaria), aprobado mediante Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de 4 de febrero de 2002, en lo que afecta exclusivamente a los terrenos de la entidad actora, recurriendo el derecho que le asiste a que las fincas "Cuesta Quintana", "Pozo 2" y "La Higuerita", se clasifiquen como suelo rústico de protección agrícola y la pieza de suelo de "Piletillas", como suelo urbanizable sectorizado no ordenado, dejando constancia del presente Acuerdo en el correspondiente expediente administrativo.
Segundo.- Encomendar al Ayuntamiento de Telde, como administración competente, la formulación y tramitación de la modificación del planeamiento vigente para corregir las determinaciones de aplicación sobre el suelo en cuestión.
Tercero.- Incorporar, en consecuencia, en la documentación del Plan General relativa a las determinaciones objeto de sentencia, la correspondiente diligencia de nulidad, encomendando a los Servicios de la Dirección General de Urbanismo la identificación de las determinaciones anuladas para su correcto diligenciado.
Cuarto.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al recurrente, al Ayuntamiento de Telde, al Cabildo Insular de Gran Canaria y a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponer el que considere más oportuno a su derecho si entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Juan José Santana Rodríguez.
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