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Advertido error material en el texto de la Orden de 2 de mayo de 2006, por la que se convocan, para el año 2006, subvenciones destinadas a apoyar la industrialización y comercialización de los productos agrícolas, inserta en el Boletín Oficial de Canarias nº 89, de 10 de mayo de 2006, y de conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede su corrección en el sentido siguiente:
En la base 4 apartado 1.i), donde dice:
Que no ha iniciado las inversiones objeto de la subvención solicitada, con anterioridad al 1 de enero de 2006. Dicha documentación estarán exentos de presentarlas los solicitantes aludidos en el apartado 3 de la base 2.
Debe decir:
Que no ha iniciado las inversiones objeto de la subvención solicitada, con anterioridad al 1 de enero de 2006.
En la base 7 apartado 1.c), donde dice:
La realización de la actividad objeto de la subvención, en el plazo que se fije en la Resolución de concesión, que no podrá superar el 15 de diciembre de 2006. En aquellas obras que hayan sido desagregadas en plurianualidades deberá justificarse, inversión suficiente que permita el abono de la anualidad, o parte de ésta.
Debe decir:
La realización de la actividad objeto de la subvención, en el plazo que se fije en la Resolución de concesión, que no podrá superar el 15 de diciembre de 2007. En aquellas obras que hayan sido desagregadas en plurianualidades deberá justificarse inversión suficiente que permita el abono de la anualidad o parte de ésta.
Santa Cruz de Tenerife, a 15 de junio de 2006.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN,
Pedro Rodríguez Zaragoza.
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