JUZGADO DE: Primera Instancia nº 7 de Arrecife.
JUICIO: verbal LEC. 2000 0000002/2006.
PARTE DEMANDANTE: Extudlanz, S.L.
PARTE DEMANDADA: Dña. Ángela Berhost.
SOBRE: desahucio.
En el juicio referenciado, se ha dictado sentencia de fecha cuyo tallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador Sr. Martín Jiménez, en nombre y representación de Extudlanz, S.L., frente a Dña. Ángela Berhost, declarada en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que ambas partes celebraron en fecha 21 de agosto de 2006, condenando a la demandada a devolver la posesión de la vivienda sita en la calle sita en calle Toldilla, 10, apartamento 13, Playa Honda, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verificare dentro del plazo legal; y condenándola igualmente al abono al actor de la cantidad de cuatro mil seiscientos treinta y un euros (4.631 euros) en concepto de rentas impagadas, así como el importe de las rentas devengadas durante la sustanciación del procedimiento, con más sus intereses legales, y costas del procedimiento."
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de fecha 26 de abril de 2006 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en el 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.
En Arrecife, a 5 de mayo de 2006.- El/la Secretario Judicial.
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