De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local, así como las disposiciones concordantes, se procede a la publicación del acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzo de 2006, en relación con la Modificación Puntual nº 2 del Plan General de Ordenación del municipio de Santa Lucía en la Urbanización "Los Limones", que es el siguiente:
"4.- Aprobación definitiva de la propuesta de Modificación Puntual nº Dos del Plan General de Ordenación de Santa Lucía "Urbanización Los Limones", y de de la propuesta de convenio urbanístico suscrito con la entidad Antilia Holding de Negocios, S.A.
Por parte del Sr. Alcalde cede la palabra al Sr. Concejal de Urbanismo D. Antonio M. Ruiz Pérez, quien realiza una breve exposición del punto a tratar.
Visto el informe emitido por la Jefe de Servicio de Departamento de Fomento de este Ayuntamiento, con el visto bueno de la Señora Secretaria General Accidental que obra en el expediente, así como informe de la Arquitecto Municipal y responsable de la Unidad Administrativa de Registro.
Teniendo en cuenta el dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa de los Servicios del Área de Urbanismo, Obras, Servicios y Medio Ambiente, el Ayuntamiento Pleno acuerda por mayoría absoluta legal, con once votos a favor correspondientes al grupo Coalición Canaria y ocho abstenciones correspondientes al Partido Popular (tres), P.S.O.E. (tres), U. del P. (uno) y Sr. Concejal no adscrito (uno).
Primero.- Aprobar definitivamente la propuesta de Modificación Puntual nº 2 del Plan General de Ordenación del municipio de Santa Lucía, aprobado por Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de fecha 20 de mayo de 2003, Urbanización Los Limones.
Aprobar igualmente de forma definitiva la propuesta de convenio urbanístico suscrita entre el Ayuntamiento de Santa Lucía y la entidad Antilia Holding de Negocios Sociedad Anónima.
Segundo.- Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de Canarias, y en el Boletín Oficial de la Provincia en los términos del artículo 70.2 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, y notificaciones pertinentes, en su caso, con expresión de los recursos que proceden.
Tercero.- Remitir la nueva ordenación aprobada definitivamente, debidamente diligenciada, en el mismo formato y escala objeto de la modificación, a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, Comisión de Ordenación del Territorio de Canarias y Medio Ambiente de Canarias, para la sustitución en el documento obrante en esa Administración.
Cuarto.- Notificar a los interesados de la aprobación definitiva de la propuesta de convenio urbanístico para la firma del mismo en los quince días hábiles siguientes a la notificación."
Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que proceda en derecho, de conformidad con lo establecido en la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Santa Lucía, a 7 de abril de 2006.- El Alcalde, Silverio Matos Pérez.
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