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Habiéndose intentado notificar a las personas que se relacionan, en sus respectivos domicilios, la iniciación de procedimiento sancionador, así como los cargos que se le imputan como consecuencia de denuncias recibidas contra ellas por presuntas infracciones a la normativa del transporte terrestre y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,
D I S P O N G O:
Notificar a las personas que se citan el inicio de procedimiento sancionador acordado por el Consejero de Turismo y Transportes, nombrando como Instructora del mismo a Dña. Corina Gutiérrez Ayala.
Notificar los cargos que se especifican advirtiendo de que disponen de un plazo de quince días para manifestar lo que a sus derechos convengan, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso, intenten valerse; o bien, si a su derecho conviene, hacer uso de la facultad de hacer efectiva voluntariamente la sanción en el mismo plazo, con reducción de un veinticinco por ciento (25%) de su cuantía.
Al mismo tiempo, se les comunica que la autoridad competente para resolver el procedimiento es el Consejero de Turismo y Transportes, en virtud de la delegación efectuada por el Consejo de Gobierno Insular de esta Corporación mediante Acuerdo de 18 de marzo de 2004. El plazo máximo establecido para notificación de la resolución de los procedimientos es de un año desde la fecha de su iniciación (artículo 146.2 de la Ley 29/2003, de 8 de octubre, B.O.E. de 9.10.03).
1. TITULAR: Emaltri, S.R.L.L.; Nº EXPTE.: GC-101254-O-2005; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-0446-CH; INFRACCIÓN: artº. 140.26.2 LOTT, anexo 1 ATP, artº. 7 del Real Decreto 237/2000 (B.O.E. de 16.3); CUANTÍA: 2.001,00 euros; HECHO INFRACTOR: carecer del certificado de conformidad para el transporte de mercancías perecederas o tenerlo caducado o falseado.
2. TITULAR: Primeinvest Canarias, S.L.; Nº EXPTE.: GC-101304-O-2005; POBLACIÓN: San Bartolomé de Tirajana; MATRÍCULA: GC-2552-BS; INFRACCIÓN: artº. 141.13 LOTT, artículos 47 y 103 LOTT artículos 41 y 158 ROTT; CUANTÍA: 1.001,00 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de viajeros, careciendo de autorización.
3. TITULAR: Suministros Congelados Dalian, S.L.; Nº EXPTE.: GC-101331-O-2005; POBLACIÓN: Agüimes; MATRÍCULA: 8073-BYX; INFRACCIÓN: artº. 141.31, en relación con el artº. 140.1.6 LOTT, artº. 102 LOTT artº. 157 ROTT; CUANTÍA: 1.501,00 euros; HECHO INFRACTOR: la realización de transporte al amparo de autorizaciones de transporte privado complementario para vehículos ligeros que no cumplen alguna de las condiciones del artº. 102.2 LOTT.
4. TITULAR: Hielo en Cubitos de Canarias, S.L.; Nº EXPTE.: GC-101380-O-2005; POBLACIÓN: Agüimes; MATRÍCULA: GC-8250-BC; INFRACCIÓN: artº. 140.26.2 LOTT, anexo 1 ATP, artº. 7 del Real Decreto 237/2000 (B.O.E. de 16.3); CUANTÍA: 2.001,00 euros; HECHO INFRACTOR: carecer del certificado de conformidad para el transporte de mercancías perecederas o tenerlo caducado o falseado.
5. TITULAR: Transportes Insulares El Rayo, S.L.; Nº EXPTE.: GC-101397-O-2005; POBLACIÓN: Puerto del Rosario; MATRÍCULA: 8418-DFM; INFRACCIÓN: artº. 141.4 LOTT; CUANTÍA: 1.611,00 euros; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte discrecional de mercancías en vehículo de más de 20 tm con un exceso de peso sobre la m.m.a. superior al 8%.
6. TITULAR: Transportes y Logística Mercurio, S.L.; Nº EXPTE.: GC-101400-O-2005; POBLACIÓN: Santa Cruz de Tenerife; MATRÍCULA: V-1365-GP; INFRACCIÓN: artº. 140.26.2 LOTT, anexo 1 ATP, artº. 7 del Real Decreto 237/2000 (B.O.E. de 16.3); CUANTÍA: 2.001,00 euros; HECHO INFRACTOR: carecer del certificado de conformidad para el transporte de mercancías perecederas o tenerlo caducado o falseado.
Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de mayo de 2006.- El Consejo de Gobierno Insular, p.d., el Consejero de Turismo y Transportes (Acuerdo de 18.3.04), Juan José Cardona González.
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