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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace pública la relación de deudores del Servicio Canario de la Salud, por los conceptos que se indican, debido a que intentada la notificación, no se ha podido efectuar por encontrarse en ignorado paradero, domicilio desconocido o cualquier otro impedimento para ser practicada.
Contra la presente notificación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime pertinente, se podrá interponer indistinta pero no simultáneamente, recurso de reposición ante el órgano que ha dictado este acto en el plazo de 1 mes, contados a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias, o en igual plazo, podrá interponer reclamación económico-administrativa ante el órgano que ha dictado este acto, dirigida al Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda, del Gobierno de Canarias hasta tanto se constituyan las Juntas a que se refieren los apartados b) y c) del artículo 24 de la Ley Territorial 7/1984, de 11 de diciembre, de Hacienda Pública (B.O.C. de 14 de diciembre), conforme a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Decimotercera de dicha ley.
PLAZOS PARA EFECTUAR EL INGRESO.
A) Las deudas notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, podrán ser satisfechas, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el 20 del mes posterior o si éste no fuera hábil hasta el inmediato hábil siguiente.
B) Las deudas notificadas entre los días 16 y último de cada mes, podrán ser satisfechas, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el 5 del segundo mes posterior, o si éste no fuera hábil hasta el inmediato hábil siguiente.
De no verificarse el correspondiente ingreso dentro del plazo establecido se expedirá Certificación de Descubierto para su exacción por la vía de apremio (artículo 97 del Reglamento General de Recaudación).
LUGAR DE INGRESO.
En cualquiera de las oficinas de las entidades colaboradoras con el Servicio Canario de la Salud (Banco Santander Central Hispano, Caja General de Ahorros de Canarias, Caja Insular de Ahorros de Canarias, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria), previa retirada en las Oficinas de Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en Canarias, calle Franchy Roca, 1, 3ª planta, Las Palmas de Gran Canaria o en Santa Cruz de Tenerife, Avenida José Antonio Primo de Rivera, 10, 4ª planta (Edificio Mapfre) de los documentos cobratorios pertinentes, sin los cuales no podrá realizarse el ingreso.
SOLICITUD DE APLAZAMIENTOS.
Conforme a lo establecido en el artículo 48 del Reglamento General de Recaudación, se podrá aplazar o fraccionar el pago de las deudas en período voluntario. La presentación de estas solicitudes se efectuará en cada una de las Unidades de Facturación emisoras de las distintas facturas.
Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de mayo de 2006.- El Director General de Recursos Económicos, Alberto Mario Pazos Astrar.
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