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En el Boletín Oficial de Canarias nº 159, de 19 de agosto de 2003, ref. 1523, se publica la Orden de 7 de agosto de 2003, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para la incorporación de personas doctoradas y tecnólogas a empresas, organismos intermedios, centros de investigación y desarrollo, centros tecnológicos y oficinas de transferencia de resultados de investigación (OTRIs), y se efectúa convocatoria para 2003.
Mediante Orden de 19 de diciembre de 2005 se efectúa convocatoria anticipada para la concesión de subvenciones destinadas a la incorporación de personas doctoradas y tecnólogas a empresas u otras entidades, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 254, de 29 de diciembre de 2005.
En su resuelvo 2º de la citada Orden de convocatoria se dice que " El plazo de resolución será de tres meses contados a partir de la finalización del plazo de admisión de solicitudes". Este plazo podrá ampliarse de oficio a la vista de las solicitudes presentadas.
La finalización del plazo de admisión de solicitudes finalizó el 13 de febrero de 2006, siendo la fecha límite de resolución el 13 de mayo de 2006.
El resuelvo sexto de la Orden 7 de agosto de 2003, reguladora de la bases, establece, entre otras, la delegación en el Director General de Fomento Industrial e Innovación Tecnológica en su apartado b) la modificación de los plazos establecidos en la misma.
Vistos los expedientes presentados y los problemas surgidos en la aplicación informática, derivados principalmente de la red, se hace necesario ampliar el plazo de resolución hasta el 13 de junio de 2006.
Con fecha 5 de mayo de 2006 la Intervención Delegada emite informe favorable a la propuesta de ampliación.
En su virtud y en uso de las facultades que tengo atribuidas por la legislación vigente,
R E S U E L V O:
Primero.- Modificar el plazo de resolución establecido en el apartado 2º del resuelvo de la Orden de 19 de diciembre de 2005, por la que se efectúa convocatoria anticipada para el ejercicio 2006, para la concesión de subvenciones destinadas a la incorporación de personas doctoradas y tecnólogas a empresas u otras entidades, ampliando dicho plazo de resolución hasta el 13 de junio de 2006.
Segundo.- Su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante el Consejero de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a su publicación; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Las Palmas, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente al de su publicación: significando que en el caso de presentar recursos de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o hasta que se produzca la desestimación presunta del mismo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.
Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de mayo de 2006.- El Director General Fomento Industrial e Innovación Tecnológica, Guillermo Manuel Jiménez García.
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