BOC - 2006/088. Martes 9 de Mayo de 2006 - 585

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

585 - Dirección General de Personal.- Resolución de 3 de abril de 2006, por la que se convoca procedimiento para la actualización de los datos personales, se regula el nuevo sistema de comunicación de los nombramientos y se determina la forma de modificar los diversos ámbitos de actuación o de solicitar la no disponibilidad para el servicio en relación con el profesorado interino y sustituto, así como con el restante personal que integra las listas de reserva.

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La incorporación y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el desarrollo de la actividad de la Administración, exige una actualización periódica de los datos del personal docente que garanticen y aseguren su localización y asimismo agilice la prestación del servicio en los centros docentes.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La necesidad de conformar listas de reserva para cubrir las sustituciones de personal que surgen en los centros públicos docentes de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Canarias exige una revisión periódica de los datos personales de los integrantes de dichas listas, con el fin de que la Administración pueda disponer de una información fiable y veraz en el momento de realizar los nombramientos para cubrir las sustituciones de personal y así agilizar y garantizar la efectividad del nombramiento a través de una pronta toma de posesión del profesor nombrado en el centro correspondiente. Por tal motivo, mediante la presente Resolución se convoca procedimiento de actualización de los datos personales del profesorado interino y sustituto, así como del restante personal integrante de las listas de reserva para cubrir sustituciones en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Asimismo, mediante esta Resolución se pretende, por una parte, garantizar una rápida cobertura de las bajas del personal docente, restituyendo a la mayor brevedad la prestación del servicio público educativo, y velar por el respeto a las expectativas laborales de los integrantes de las listas conforme a su orden de derecho.

Por otra parte, en el ámbito territorial de Canarias, la notificación de los nombramientos diarios para cubrir sustituciones temporales de carácter docente se viene realizando mediante la publicación de los mismos en los tablones de anuncios, así como a través de la página web de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en este último caso a efectos meramente informativos.

Segundo.- No obstante lo anterior, como consecuencia de ejecución de sentencia que obliga a esta Administración a utilizar medios que acrediten la recepción personal de los nombramientos y, atendiendo a la necesidad de adecuar el funcionamiento administrativo con las nuevas tecnologías, para agilizar y acortar los plazos de comunicación entre la Administración y el personal integrante de las listas de reserva para cubrir sustituciones temporales, es preciso establecer un nuevo sistema de comunicación de los nombramientos que se adecue a lo dispuesto en el artículo 58 en relación con el artículo 59.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), en cuanto al uso de las nuevas tecnologías y que, al mismo tiempo, garantice la recepción personal del nombramiento.

Asimismo, se considera necesario difundir, entre todo el personal integrante de las listas de reserva para cubrir sustituciones, cuál es el nuevo procedimiento establecido para modificar los correspondientes ámbitos de prestación de servicios, así como para solicitar su disponibilidad o no disponibilidad para el servicio en las citadas listas, independientemente de su participación en el procedimiento de adjudicación de destinos provisionales para el siguiente curso escolar.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Orden de 12 de agosto de 2003, por la que se regula el procedimiento de selección y gestión de las listas de reserva para cubrir plazas vacantes, en régimen de interinidad o sustitución temporal, en los centros públicos docentes de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 163, de 23 de agosto) (modificada por las Órdenes de 25 de abril de 2006), se faculta a la Dirección General de Personal para dictar las Resoluciones que sean necesarias para su aplicación y desarrollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.C. nº 12, de 14.1.99).

Segundo.- Orden de 12 de agosto de 2003, por la que se regula el procedimiento de selección y gestión de las listas de reserva para cubrir plazas vacantes, en régimen de interinidad o sustitución temporal, en los centros públicos docentes de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 163, de 23.8.03), modificada por las Órdenes de 25 de abril de 2006.

Tercero.- Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de fecha 21 de octubre de 2005, que afecta a determinados preceptos de la primera de las Órdenes anteriormente citada, en virtud de la cual queda modificada la misma en los términos establecidos en la segunda y última Orden publicada, dando así cumplimiento al pronunciamiento judicial recaído en última instancia.

En virtud de las consideraciones anteriores y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 13 del Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte (B.O.C. nº 161, de 9.12.91), modificado parcialmente por el Decreto 159/2005, de 14 de junio (B.O.C. nº 116, de 15.6.05),

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar el procedimiento para la actualización de los datos de carácter personal del profesorado interino y sustituto, así como del restante personal integrante de las listas de reserva para cubrir sustituciones temporales en los centros públicos docentes no universitarios, en los términos establecidos en el anexo I de esta Resolución.

Segundo.- Regular el nuevo sistema de comunicación de los nombramientos, a efectos de notificación, previa autorización del profesorado interino y sustituto, así como del restante personal integrante de las listas de reserva, de acuerdo con lo previsto en el anexo II de esta Resolución.

Tercero.- Determinar el procedimiento para modificar los diversos ámbitos de actuación o solicitar la no disponibilidad para el servicio por parte del mencionado profesorado y del restante personal que integra las listas de reserva, conforme se establece en el anexo III de esta Resolución.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda de la Comunidad Autónoma de Canarias, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse; dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca su desestimación presunta.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de abril de 2006.- El Director General de Personal, José Manuel Hernández Borges.

A N E X O I

PROCEDIMIENTO PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE TODO EL PERSONAL INTEGRANTE DE LAS LISTAS DE RESERVA PARA CUBRIR SUSTITUCIONES EN CENTROS PÚBLICOS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS.

Primero.- El profesorado interino y sustituto, así como el resto del personal integrante de las listas de reserva para cubrir sustituciones en los centros públicos docentes no universitarios deberá actualizar o, en su caso, confirmar sus datos de carácter personal a través de la página web de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias https://www.educa.rcanarias.es, mediante la utilización de la clave de acceso personal.

Aquellos participantes que no dispongan de ella, podrán obtenerla siguiendo las instrucciones que a tal efecto contenga la citada página web.

Una vez cumplimentado a través de dicha página, se deberá imprimir el documento pertinente, firmarlo y presentarlo en el Registro de la Dirección General de Personal, en los de las Direcciones Territoriales e Insulares de Educación, o bien en alguno de los centros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de acuerdo con las condiciones establecidas en dicho precepto.

Segundo.- El plazo para actualizar o, en su caso, confirmar los datos será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- Como quiera que todo el personal integrante de las listas de reserva viene obligado a actualizar o, en su caso confirmar sus datos personales, con el fin de facilitar su comunicación con la Administración, agilizar la gestión administrativa y proteger el interés educativo superior, la no actualización o, en su caso, confirmación de sus datos personales supondrá su exclusión de las correspondientes listas de reserva, conforme a lo previsto en la normativa vigente.

Cuarto.- A partir del inicio del curso escolar 2006/07, todos los integrantes de las listas podrán actualizar permanentemente sus datos personales a través de la página web de la Consejería.

A N E X O I I

NUEVO SISTEMA DE COMUNICACIÓN DE LOS NOMBRAMIENTOS, A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN, AL PROFESORADO INTERINO Y SUSTITUTO, ASÍ COMO AL RESTANTE PERSONAL INTEGRANTE DE LAS LISTAS DE RESERVA, A PARTIR DEL INICIO DEL CURSO 2006/07.

Primero.- El profesorado interino y sustituto, así como el resto del personal integrante de las listas de reserva para cubrir sustituciones en los centros públicos docentes no universitarios podrá facilitar su número de teléfono móvil y su cuenta de correo electrónico a la Administración Educativa, con el fin de que se les notifiquen a través de mensajes sms y de e-mail los nombramientos posteriores a la adjudicación de destinos provisionales que les conciernan a partir del inicio del curso 2006/07.

La preceptiva autorización del interesado se realizará a través de la página web de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias https://www.educa.rcanarias.es, mediante la utilización de la clave de acceso personal.

Aquellos participantes que no dispongan de ella, podrán obtenerla siguiendo las instrucciones que a tal efecto contenga la citada página web.

Una vez cumplimentado a través de dicha página, se deberá imprimir el documento pertinente, firmarlo y presentarlo en el Registro de la Dirección General de Personal, en los de las Direcciones Territoriales e Insulares de Educación, o bien en alguno de los centros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de acuerdo con las condiciones establecidas en dicho precepto.

Segundo.- El plazo para autorizar el nuevo sistema de notificación será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- Desde el inicio del curso escolar 2006/07, todos los integrantes de las listas podrán autorizar a la administración educativa para que les comunique sus nombramientos posteriores al procedimiento de adjudicación a través del sistema previsto en virtud de la presente resolución.

Cuarto.- Cuando no sea posible la comunicación a través de mensajes sms o e-mail, la Administración utilizará, alternativamente, otros sistemas oficiales de notificación como el telegrama, buro-fax o carta certificada.

A N E X O I I I

PROCEDIMIENTO PARA MODIFICAR LOS DIVERSOS ÁMBITOS DE ACTUACIÓN O SOLICITAR LA NO DISPONIBILIDAD PARA EL SERVICIO POR PARTE DEL PROFESORADO INTERINO Y SUSTITUTO, ASÍ COMO DEL RESTANTE PERSONAL QUE INTEGRA LAS LISTAS DE RESERVA.

Primero.- Se podrá solicitar la modificación de los ámbitos de prestación de servicios en cualquier momento del curso escolar, siempre que se produzca con una antelación mínima de cinco días naturales respecto a la fecha del nombramiento.

La mencionada solicitud de cambio de ámbito surtirá efectos a partir del quinto día natural siguiente a la fecha de su presentación en los registros oficiales.

Segundo.- Para obtener la concesión de disponibilidad o, en su caso, de no disponibilidad para el servicio, los integrantes de las listas de reserva deberán solicitarlo en cualquier momento del curso escolar, en los términos previstos en el artículo 9 de la Orden de 12 de agosto de 2003.

Tercero.- El modelo de solicitud, que se podrá obtener en la página web de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias https://www.educa.rcanarias.es, se ajustará, para quienes pertenezcan a las listas del Cuerpo de Maestros, al anexo III-A de la presente Resolución y, para los integrantes de las listas correspondientes a los restantes Cuerpos, al anexo III-B.

A efectos de actualizar su expediente administrativo, en los indicados anexos se deberá especificar sí se poseen otras titulaciones académicas distintas a las alegadas para acceder a las listas de reserva, en cuyo caso se adjuntará copia compulsada de las mismas al anexo correspondiente.

Ver anexos - páginas 8877-8879



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