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Mediante Orden de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, de 22 de septiembre de 2005, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 200, de 11 de octubre, a propuesta de las Corporaciones Locales correspondientes, se declararon inhábiles para el trabajo retribuidos y no recuperables, con carácter de fiestas locales en el año 2006, los días allí reseñados, entre los que se encuentran, en lo que se refiere al municipio de Moya, los días 28 de febrero, Martes de Carnaval, y 19 de junio, San Antonio de Padua.
El Ayuntamiento de la Villa de Moya, en sesión ordinaria celebrada el 30 de marzo del presente año, ha acordado, por unanimidad de sus miembros, trasladar la festividad del día 19 de junio al día 26 del mismo mes.
Considerando que tal propuesta se ajusta a derecho y sirve a los intereses que la citada Corporación representa, procede modificar la Orden de 22 de septiembre de 2005, en los términos requeridos por el Ayuntamiento de la Villa de Moya.
En su virtud, en uso de la competencia establecida en el artículo 5.2.e) del Decreto 39/2005, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Se modifica el artículo único de la Orden de 22 de septiembre de 2005, por la que se determinan las fiestas locales de cada municipio de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2006, en los siguientes términos:
En el municipio de Moya, la fiesta señalada para el día 19 de junio se traslada al día 26 de junio, siendo por tanto las fiestas de ámbito local las siguientes:
- 28 de febrero, Martes de Carnaval.
- 26 de junio, San Antonio de Padua.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 17 de abril de 2006.
LA CONSEJERA DE EMPLEO
Y ASUNTOS SOCIALES,
María Luisa Zamora Rodríguez.
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