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Por Resolución de 7 de diciembre de 2005, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo, se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2005, para la concesión de subvenciones públicas al desarrollo de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación de trabajadores, en materia de formación continua por parte del Servicio Canario de Empleo, cofinanciada por el Fondo Social Europeo, así como por la que se aprueba la convocatoria para la selección de entidad colaboradora para la entrega y seguimiento de las subvenciones concedidas a tal fin, corrección de errores publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 246, de 19 de diciembre de 2005.
La citada Resolución tiene un doble objeto: por una parte, regular la concesión en el ejercicio de 2005 de las subvenciones públicas por el Servicio Canario de Empleo, al desarrollo de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación continua de trabajadores pertenecientes al ámbito territorial de toda la Comunidad Autónoma de Canarias y que se desarrollen a través de los proyectos solicitados por las empresas, organizaciones y entidades que se señalan en la mencionada Resolución; por otra, seleccionar una entidad colaboradora del Servicio Canario de Empleo para la entrega y distribución de las subvenciones concedidas a los beneficiarios, la comprobación del cumplimiento y efectividad de las condiciones y requisitos determinantes para su otorgamiento, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención, y la justificación de la entrega de los fondos recibidos ante el órgano concedente de la subvención, y en su caso, la entrega de la justificación presentada por los beneficiarios.
La citada Resolución dispone en el apartado decimotercero que el "plazo máximo de resolución de la presente convocatoria será de tres meses, transcurrido el cual se entenderán desestimadas las solicitudes no resueltas".
Dada la complejidad del expediente al haber tenido que designar previamente a la entidad colaboradora del Servicio Canario de Empleo para la entrega y distribución de las subvenciones públicas concedidas para el desarrollo de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación de trabajadores, en materia de formación continua, según lo dispuesto en el dispongo trigesimoséptimo de la citada Resolución de convocatoria, y cuya designación recayó en la Fundación Canaria para el Fomento del Trabajo (FUNCATRA) en virtud de la Resolución de 30 de diciembre de 2005, de la Directora, y publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 26, de 7 de febrero de 2006.
Habiéndose elevado informe de 7 de marzo de 2006 del Subdirector de Formación en el que expone que, teniendo en cuenta el volumen de solicitudes presentadas y los distintos trámites que establece la mencionada Resolución, habiéndose puesto a disposición todos los medios personales y materiales para cumplir con lo dispuesto en el apartado decimotercero de la citada Resolución y no resultando posible resolver el expediente dentro del plazo que la misma establece, es necesario ampliar, por un plazo de tres meses, el plazo de resolución establecido en la citada Resolución de 7 de diciembre de 2005.
Según lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en uso de las competencias que tengo legal y reglamentariamente establecidas,
R E S U E L V O:
Único.- Ampliación del plazo de resolución.
Se amplía, por un plazo de tres meses, el plazo para resolver el expediente establecido en la Resolución de 7 de diciembre de 2005 de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2005, para la concesión de subvenciones públicas al desarrollo de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación de trabajadores, en materia de formación continua por parte del Servicio Canario de Empleo, cofinanciada por el Fondo Social Europeo, así como por la que se aprueba la convocatoria para la selección de entidad colaboradora para la entrega y seguimiento de las subvenciones concedidas a tal fin, corrección de errores publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 246, de 19 de diciembre de 2005.
Contra la presente Resolución no cabe interponer recurso alguno, según lo dispuesto en el último párrafo del artículo 42.6 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Santa Cruz de Tenerife, a 10 de marzo de 2006.- La Presidenta, María Luisa Zamora Rodríguez.
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