BOC - 2006/072. Miércoles 12 de Abril de 2006 - 1240

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

1240 - Dirección General de Estructuras Agrarias.- Anuncio de 3 de abril de 2006, por el que se hace público el requerimiento de documentación a los interesados de las ayudas reguladas en la Orden de 29 de noviembre de 2005, que convocó anticipadamente para el ejercicio de 2006 las ayudas previstas en el Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, por el que se regula el régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, para los beneficiarios de las convocatorias realizadas por Órdenes de 5 de junio de 2002 (B.O.C. nº 81, de 17.6.02), de 1 de abril de 2003 (B.O.C. nº 70, de 10.4.03), de 29 de julio de 2004 (B.O.C. nº 153, de 9.8.04) y de 9 de diciembre de 2004 (B.O.C. nº 243, de 16.12.04).

Descargar en formato pdf

La Orden de 29 de noviembre de 2005, convocó anticipadamente para el ejercicio de 2006 las ayudas previstas en el Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, por el que se regula el régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, para los beneficiarios de las convocatorias realizadas por Órdenes de 5 de junio de 2002 (B.O.C. nº 81, de 17.6.02), de 1 de abril de 2003 (B.O.C. nº 70, de 10.4.03), de 29 de julio de 2004 (B.O.C. nº 153, de 9.8.04) y de 9 de diciembre de 2004 (B.O.C. nº 243, de 16.12.04).

El apartado 2 de la base 6, de la mencionada Orden, establece que la Dirección General de Estructuras Agrarias llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución, y si se acompaña a la misma la documentación preceptiva, requiriéndose en caso contrario, al interesado, mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias, para que en el plazo de 10 días, subsane y/o complete los documentos y/o datos que deben presentarse, advirtiéndole que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En cumplimiento de lo anteriormente expuesto, se requiere a los interesados relacionados en anexo para que en el plazo de 10 hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de Canarias, subsanen y/o completen los documentos y/o datos que se detallan en el citado anexo, con la expresa advertencia de que si así no lo hiciesen y de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución que se dictará en los términos del artículo 42 de la citada Ley.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de abril de 2006.- El Director General de Estructuras Agrarias, Carlos González Mata.

A N E X O

Documentación a presentar por los interesados de las ayudas reguladas en la Orden de 29 de noviembre de 2005, por la que se convocan anticipadamente para el ejercicio de 2006 las ayudas previstas en el Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, por el que se regula el régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, para los beneficiarios de las convocatorias realizadas por Órdenes de 5 de junio de 2002 (B.O.C. nº 81, de 17.6.02), de 1 de abril de 2003 (B.O.C. nº 70, de 10.4.03), de 29 de julio de 2004 (B.O.C. nº 153, de 9.8.04) y de 9 de diciembre de 2004 (B.O.C. nº 243, de 16.12.04).

Código de documentación solicitada:

1.- Solicitud debidamente cumplimentada.

2.- Fotocopias compulsadas del D.N.I. y del N.I.F. del solicitante.

3.- Fotocopia compulsada del C.I.F. de la entidad.

4.- Acuerdos o Estatutos de la Entidad.

5.- Poder de representación de la persona que actúa en nombre del solicitante.

6.- Certificado de inscripción de los animales en el Libro Registro Oficial de la Raza correspondiente.

7.- Fotocopia compulsada del certificado de inscripción en los registros del Consejo Regulador de Agricultura Ecológica de Canarias (CRAE de Canarias). Dicho certificado deberá estar debidamente actualizado o, en su caso, haber solicitado la correspondiente renovación.

Ver anexos - páginas 7077-7090



© Gobierno de Canarias