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Asunto: notificación de archivo por renuncia.
La Ilma. Sra. Directora General de Servicios Sociales ha dispuesto por resoluciones lo que a continuación se transcribe:
Vistos los expedientes instruidos como consecuencia de las solicitudes de ayudas económicas básicas presentadas por las personas relacionadas en el anexo, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 13/1998, de 5 de febrero (B.O.C. nº 27, de 2.3.98) por el que se regulan las ayudas económicas básicas y teniendo en cuenta los siguientes hechos y fundamentos de derecho.
HECHOS
Primero.- Que las personas relacionadas en el precitado anexo, presentan solicitud de ayuda económica básica.
Segundo.- Que las personas relacionadas en el anexo presentan escritos desistiendo de su petición de ayuda económica básica, al haber cambiado su situación socioeconómica.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I.- Que el artº. 90.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, establece que "el interesado podrá desistir de sus solicitud o, cuando no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos ...".
II.- La competencia para dictar el presente acto corresponde a la Directora General de Servicios Sociales, según lo establecido en el artº. 12.4 del Decreto 13/1998, de 5 de febrero, en relación con el artº. 9.2 y 9.15 del Decreto 39/2005, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (B.O.C. nº 63, de 31 de marzo)
Por todo ello,
R E S U E L V E:
1.- Acordar el archivo de los expedientes iniciados a instancias de las personas relacionadas en el anexo, por desistimiento expreso de las mismas.
2.- Notifíquense las presentes resoluciones a las precitadas en el plazo establecido en el artº. 58.2 de la referida Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la Viceconsejería de Asuntos Sociales e Inmigración, en el plazo de un mes desde su notificación, de acuerdo con lo previsto en el artº. 20.1 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, en el artº. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artº. 12.4 del Decreto 13/1998, de 5 de febrero, sin perjuicio de las demás acciones que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 27 de marzo de 2006.- La Directora General de Servicios Sociales, p.d., el Jefe de Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración (Resolución de 7.11.03; B.O.C. nº 228), Jesús M. Coello Gil.
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