Visto el expediente de referencia y teniendo en cuenta los siguientes
I. ANTECEDENTES DE HECHO
Único.- Que con fecha 21 de marzo de 2006 se procede a efectuar el proceso de selección de conformidad con lo establecido en la Orden de 30 de diciembre de 2004 (B.O.C. nº 7, de 12 de enero) por la que se regula la selección, el nombramiento y cese de los funcionarios interinos de los Cuerpos de Médicos Forenses, de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia en Canarias, ofreciendo plazas de la lista de reserva de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia a Dña. Manuela Durán Martínez.
El martes 21 de marzo de 2006, el personal del Servicio de Recursos Humanos de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia intenta ponerse en contacto telefónico con Dña. Manuela Durán Martínez, para ofertarle plazas vacantes de la lista de reserva de Tramitación Procesal y Administrativa de la isla de Tenerife. Es imposible contactar con la Sra. Durán puesto que el teléfono que facilitó en su día a esta Dirección General no existe.
El martes 21 de marzo del actual, se procede a notificar a Dña. Manuela Durán Martínez, al domicilio que aportó la interesada en la solicitud para entrar a formar parte de la Bolsa de Interinos, para comunicarle de forma oficial la oferta de plazas de la lista de reserva de Tramitación Procesal y Administrativa de la que formaba parte. En dicha citación se le apercibe que la no comparecencia en fecha señalada se entenderá como renuncia al nombramiento y quedará excluida de la lista de reserva, tal como prevé el artículo 13.1 de la Orden de 30 de diciembre de 2004. El día 21 de marzo de 2006 se reitera dicha citación, sin resultado satisfactorio de nuevo.
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- Siguiendo el procedimiento regulado en el artículo 13 de la Orden de 30 de diciembre de 2004, se procede a convocar a Dña. Manuela Durán Martínez, para ofertarle plazas de la lista de reserva de Tramitación Procesal y Administrativa de la que dicha funcionaria interina forma parte.
El personal del Servicio de Recursos Humanos, en aplicación de lo previsto en este artículo intenta notificar telefónicamente a la interesada la oferta de nombramiento, pero resulta imposible debido a la no existencia del número de teléfono que la interesada facilitó en su día a esta Dirección General.
Segunda.- Ante la imposibilidad de contactar telefónicamente con dicha funcionaria interina, se intenta por esta Dirección General proceder a la notificación urgente en su domicilio el día 21 de enero del actual. La notificación no se puede efectuar por no encontrarse dicha funcionaria en el domicilio para notificaciones que consta en la solicitud que ella misma presentó ante esta Dirección General.
El día 22 de enero se intenta una segunda vez proceder a la notificación de Dña. Manuela Durán Martínez, siendo imposible y descubriendo que la dirección que consta en este Centro Directivo no es el domicilio habitual de la citada funcionaria.
Tercera.- El artículo 13.3.1 de la Orden de 30 de diciembre de 2004, dispone, "Si ofertado un puesto de trabajo la persona llamada no aceptara el nombramiento, o no presentara en plazo la documentación indicada sin justificación, se entenderá que renuncia al nombramiento y quedará excluida de la lista de reserva ...".
Esta Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 66 del Decreto 40/2004, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Justicia, y teniendo en cuenta los hechos y fundamentos jurídicos anteriormente alegados,
R E S U E L V E:
Excluir de la lista de reserva de Tramitación Procesal y Administrativa de la isla de Tenerife a Dña. Manuela Durán Martínez, por no aceptar el nombramiento para el que había sido seleccionada, ni acreditar causa justificada para renunciar al mismo.
En virtud del artículo 18.2 de la Orden de 30 de diciembre de 2004, la exclusión de la lista de reserva de Tramitación Procesal y Administrativa, lo será por una anualidad.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabrá interponer por el interesado recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir de la notificación, a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la misma, ante esta Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia o en su caso, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, significándole que de interponer el recurso potestativo de reposición no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo hasta la resolución de éste, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 15 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, artículo 36 del Decreto 116/2001, de 14 de mayo, artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de marzo de 2006.- La Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, Carolina Déniz de León.
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