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Por la Sra. Consejera Delegada de Transportes y Comunicaciones, Dña. Pilar Rodríguez Ávila, ha sido adoptada en fecha 14 de marzo de 2006, la Resolución cuyo tenor literal es el siguiente:
RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERA DELEGADA.
Intentada la notificación, sin que la misma se haya podido practicar, a los titulares de los vehículos que se relacionan y siendo preciso notificarles la oportuna resolución como consecuencia de las denuncias contra ellos a efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En ejercicio de las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía de Canarias, transferidas a esta Corporación por Decreto 159/1994, de 21 de julio, y artículo 34.1.o) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde a la Presidencia la resolución de los expedientes relativos a transportes terrestres, habiendo delegado dicha atribución por Decreto 562/2004, de 20 de febrero, en la Consejera Delegada de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y vista la Propuesta de Resolución de la Jefa de Sección en funciones de Transportes y Comunicaciones, de fecha 14 de marzo de 2006, es por lo que se resuelve:
1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citan la resolución que ha recaído en los expedientes sancionadores que les han sido instruidos por este Cabildo por infracción a la legislación de transporte por carretera.
Los interesados disponen de un plazo de 15 días a partir de la publicación de la presente Resolución para manifestar por escrito lo que a sus derechos convengan, aportando o proponiendo las pruebas de que, en sus casos, intenten valerse.
2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones citadas la presente Resolución para su publicación en los tablones de edictos correspondientes.
1) TITULAR: Delivery Express, S.L.; EXPTE: GC/200202/O/2005; POBLACIÓN: Puerto del Rosario; MATRÍCULA: 0244-CDN; INFRACCIÓN: artº. 141.31, en relación con el artº. 140.1.9 LOTT, artículos 47 y 90 LOTT, artículos 41 y 109 ROTT; CUANTÍA: 1.501,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 143.1.f) LOTT; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de autorización.
2) TITULAR: Construcciones Álvarez y Peaguda, S.L.; EXPTE: GC/200343/O/2005; POBLACIÓN: Corralejo (La Oliva); MATRÍCULA: 6411-BLK; INFRACCIÓN: artº. 142.25, en relación con el artº. 141.13 LOTT, artículos 47, 103 y 104.2 LOTT, artículos 41, 158 y 45 ROTT; CUANTÍA: 400,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 143.1.c) LOTT; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado en vehículo ligero careciendo de autorización por no haber realizado su visado reglamentario.
Puerto del Rosario, a 14 de marzo de 2006.- El Secretario General, Miguel Ángel Rodríguez Martínez.- Vº.Bº.: el Presidente, p.d., la Consejera Delegada de Transportes y Comunicaciones, Pilar Rodríguez Ávila.
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