El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 12 de diciembre de 2005 adoptó el siguiente acuerdo:
"Primero.- Aprobar definitivamente el Proyecto de Plan Parcial presentado por la "Comunidad de Bienes La Vega II" para el desarrollo del Sector de Suelo Urbanizable La Vega 2.
Segundo.- Admitir la iniciativa formulada por la "Comunidad de Bienes La Vega II", estableciendo el sistema de ejecución por compensación para el desarrollo del Sector de Suelo Urbanizable La Vega 2 del Plan General de Ordenación, y en consecuencia adjudicar la ejecución de dicho sector a la Junta de Compensación en la que se deben constituir los propietarios afectados.
Tercero.- Aprobar definitivamente los Proyectos de Estatutos y Bases de Actuación, que han de regir el funcionamiento de la Junta de Compensación del Sector de Suelo Urbanizable La Vega 2.
Cuarto.- Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización de los terrenos incluidos en el citado sector presentado por la "Comunidad de Bienes La Vega II" condicionado al cumplimiento de las determinaciones que se señalan a continuación:
- Red de abastecimiento.
Se instalará una red f 50 mm FD tal como se refleja en los planos del proyecto conectada mediante válvula de corte registrada a la existente en Camino Las Gavias.
La red de 100 mm quedará conectada a la de 150 igualmente mediante válvulas de corte por la nueva vía a ejecutar y por el Camino de La Cruz.
Por las aceras quedará instalada una red de 63 mm PE-16 Atm conectada a la principal mediante cruces de 80 m FD instalando válvulas de corte en ambos sentidos de estas aceras. Esta red terciaria siempre quedará anillada en los finales de calles mediante cruces con el mismo diámetro y registrando dichos cruces mediante pasa-tubos.
Para el riego de jardines se instalará una acometida y contador para tal fin.
Las bocas de incendio estarán situadas cada 100 m por viales.
- Red de saneamiento.
Se instalará una red separativa pluviales de residuales con un diámetro de 315 PVC (color teja).
La conexión se ejecutará a la red existente en el barranco próximo al cruce de la calle Fuente Cañizares con el Camino La Cruz.
Los pozos de registro estarán situados a una distancia máxima de 50 m y en todas las intersecciones y cambios de dirección.
Por las aceras quedará instalada una red de diámetro 200 mm PVC (color teja) dejando registradas mediante arquetas de 40 x 40 cm las futuras conexiones de las parcelas.
Las instalaciones y conexiones de saneamiento serán ejecutadas por el promotor, asimismo las instalaciones de abastecimiento y solicitando a Teidagua la conexión a la red existente.
- Alumbrado público.
Se hace constar que en el replanteo y durante la ejecución de dichas instalaciones, con el fin de evitar posibles problemas a la hora de la recepción de las obras por este Ayuntamiento, contacte con el Ayuntamiento con el fin de supervisar las obras para que se realicen siguiendo la normativa municipal.
Se informa de que deberá tramitarse el citado Proyecto Técnico ante la Consejería de Industria para su autorización y en el Instituto Astrofísico de Canarias (IAC).
La instalación deberá ser ejecutada por Instalador Autorizado y en cumplimiento con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementaria (Decreto 2.413/1973, de 20 de septiembre. B.O.E. nº 242, de fecha 9 de octubre de 1997, y Real Decreto 2.295/1985, de 9 de octubre, B.O.E. nº 242).
Se hace constar que, una vez ejecutadas las instalaciones del alumbrado público, se deberá tramitar el boletín de la instalación técnica (debidamente diligenciado por la Consejería de Industria) en la compañía suministradora, en coordinación con el Ayuntamiento, para la posterior contratación del suministro, si fuese necesario. Los gastos que se ocasionen en la tramitación del expediente correrán a cargo del promotor.
- Almacenamiento de agua.
Se deberá proceder al abono en la Intervención-Tesorería de esta Gerencia Municipal de Urbanismo de la cantidad de cincuenta y nueve mil quinientos veinte (59.520) euros según se establece desde el informe del Consejo Insular de Aguas.
Se hace constar que la ejecución de las obras de urbanización se deberá realizar bajo la supervisión de los Servicios Técnicos Municipales y de la empresa Teidagua.
Quinto.- El promotor debe colocar en la obra un cartel, -que le será facilitado en las Dependencias de la Gerencia Municipal de Urbanismo- visible desde la vía pública e indicativo del número y fecha del Acuerdo de aprobación del Proyecto de Urbanización. A dicho cartel se le sacará una foto que se entregará en esta Administración, para su archivo en el expediente.
Sexto.- Requerir a la entidad promotora para que deposite fianza por importe de doscientos setenta y un mil seiscientos dos euros con sesenta céntimos (271.602,60 euros), como garantía en la ejecución de las obras de urbanización. El depósito de la fianza debe hacerse efectivo en la Intervención-Tesorería de esta Gerencia Municipal de Urbanismo.
Séptimo.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias y en el Boletín Oficial de la Provincia, publicándose asimismo este último, el texto íntegro de las ordenanzas de aplicación en el ámbito del sector La Vega 2.
Octavo.- Modificar individualmente el acuerdo que se adopte a los propietarios afectados así como a los Servicios de esta Administración competentes en la materia y a las distintas Administraciones que han emitido informes a los distintos proyectos."
Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del mismo, o bien, podrá impugnarse directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos (2) meses contados desde el día siguiente a esta notificación, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.
La Laguna, a 16 de diciembre de 2005.- El Consejero Director, Francisco Gutiérrez García.
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