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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de la Resolución de esta Dirección por la que se suspende el abono de la Ayuda Económica Básica que tienen reconocida los beneficiarios que se relacionan en el anexo, en el domicilio obrante en el expediente, se procede, conforme a lo establecido en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a poner en conocimiento de los mismos para que comparezcan en el plazo de 10 días a la publicación del presente anuncio, por sí o por medio de representante legal debidamente autorizado, en las dependencias de este Centro Directivo en la calle Alcalde José Ramírez Bethencourt, 12, Edificio Fuentemar, 35004-Las Palmas de Gran Canaria, para tener conocimiento íntegro del mencionado acto y dejar constancia en el expediente de tal conocimiento.
Asimismo se advierte a los interesados de que, si transcurrido dicho plazo no hubieran comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado.
Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de febrero de 2006.- La Directora General de Servicios Sociales, p.d., el Jefe de Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración (Resolución de 7.11.03; B.O.C. nº 228), Jesús M. Coello Gil.
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