Habiéndose intentado infructuosamente la notificación por escrito a D. Antonio Espinosa Díaz, por encontrarse en ignorado paradero, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, a efectos de notificación, que por el Sr. Consejero Insular de Desarrollo Económico, Comercio y Empleo se ha dictado Resolución de fecha 8 de noviembre de 2005, recaída en el expediente AC508/05 de calificación, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
Conceder el trámite de audiencia por plazo de veinticinco (25) días al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de La Laguna y a D. Antonio Espinosa Díaz para que puedan alegar lo pertinente sobre la información adicional solicitada, que se deberá aportar en anexo a proyecto, por duplicado ejemplar, realizado por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial y que es la siguiente:
- Al pretenderse emitir humos, vahos, olores, aires contaminados, etc. a la atmósfera, se deberá justificar debidamente con planos de detalle, descripción de las características, etc., que las extracciones previstas serán realizadas por conducto independiente hasta la cubierta de la edificación, donde no molesten a vecinos ni transeúntes, salvo que las disposiciones municipales las permitan explícitamente a otros lugares. Justificación de que el conducto estará provisto de aislamiento y revestimiento suficientes para evitar que la radiación de calor y que la producción y/o transmisión de ruidos y vibraciones se transmita a las propiedades contiguas.
Lo que se comunica para conocimiento de los interesados y correspondientes efectos.
Santa Cruz de Tenerife, a 7 de marzo de 2006.- El Jefe del Servicio Administrativo, Jesús Bernardos Correa.
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