Habiéndose redactado el "Proyecto básico de la instalación desaladora de agua de mar de Granadilla" y el Estudio de Impacto Ambiental y de los bienes y derechos afectados, se instruye expediente de información pública a efecto de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1.302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, el Real Decreto 1.131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento, para su ejecución, y en la Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto Ecológico de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de junio, del Texto Refundido de la Ley de Aguas, en la Ley Territorial 12/1990, de Aguas y en la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, otorgándose un plazo de treinta (30) días hábiles, a partir de la publicación de este anuncio, para que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el mencionado proyecto, así como prestar las alegaciones que estime pertinentes. Durante dicho plazo tanto el proyecto como su Estudio de Impacto Ambiental y la relación de bienes y derechos afectados por la expropiación estarán de manifiesto en las dependencias de esta Dirección General de Aguas, sita en la Avenida de Anaga, 35, Edificio de Usos Múltiples, planta 9ª en Santa Cruz de Tenerife y el Ayuntamiento de Granadilla.
Santa Cruz de Tenerife, a 8 de marzo de 2006.- El Director General de Aguas, Orlando Umpiérrez García.
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