BOC - 2006/050. Lunes 13 de Marzo de 2006 - 316

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Nombramientos, situaciones e incidencias - Consejería de Sanidad

316 - Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 2 de marzo de 2006, de la Directora, por la que, en ejecución de la sentencia de 7 de octubre de 2003 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Las Palmas, se dispone un cese, un nombramiento, y la conservación de los restantes actos, respecto de las pruebas selectivas para la cobertura de plazas básicas vacantes de Ayudantes Técnicos Sanitarios/Diplomados Universitarios en Enfermería en el nivel de atención especializada convocadas por Resolución de la Gerencia de Servicios Sanitarios de La Gomera de 26 de abril de 2000 (B.O.C. nº 55, de 4.5.02).

Descargar en formato pdf

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Resolución de 14 de abril de 2000, la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud aprueba las bases generales comunes por las que se han de regir las pruebas selectivas para la cobertura de plazas básicas vacantes de Ayudantes Técnicos Sanitarios/Diplomados Universitarios en Enfermería en el nivel de Atención Especializada (B.O.C. nº 51, de 26.4.00).

Segundo.- De conformidad con la autorización conferida por la Resolución citada en el antecedente anterior, por Resolución de 26 de abril de 2000 de la Gerencia de Servicios Sanitarios de La Gomera, se convocan pruebas selectivas para la cobertura de plazas básicas vacantes de la citada categoría (B.O.C. nº 55, de 4.5.00).

Tercero.- Por Acuerdo del Tribunal Calificador de 19 de abril de 2002 se aprobó la relación definitiva de aspirantes que superaron el concurso-oposición.

Cuarto.- En virtud de Resolución nº 48, de 13 de enero de 2003, de la Dirección General de Recursos Humanos, se estimó el recurso de alzada interpuesto por D. Juan Manuel Prieto González frente a la citada relación definitiva de aspirantes que superaron el concurso-oposición, modificando la puntuación otorgada a la aspirante Dña. Gara Guadalupe Negrín Febles, mandatando a la Gerencia de Servicios Sanitarios de La Gomera que dictara nueva resolución modificando la relación de aspirantes aprobados con indicación de la plaza que les hubiera correspondido, incluyendo a D. Juan Manuel Prieto González en el número 10 y excluyendo a Dña. Gara Guadalupe Negrín Febles, y que elevara al Director del Servicio Canario de la Salud resolución modificando la propuesta de nombramiento ya elevada, en los mismos términos de la relación de aprobados.

Con fecha 15 de enero de 2003 (B.O.C. nº 13, de 21.1.03), se dictó Resolución de este Centro Directivo por la que se nombró personal estatutario fijo de la categoría de Ayudantes Técnicos Sanitarios/Diplomados Universitarios en Enfermería a los aspirantes seleccionados en virtud de las pruebas selectivas realizadas, entre otras, en la Gerencia de Servicios Sanitarios de La Gomera.

Quinto.- Por sentencia de 7 de octubre de 2003, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Las Palmas, se anula la Resolución nº 48, de 13 de enero, de la Dirección General de Recursos Humanos, y se declara el derecho de la actora, Dña. Gara Guadalupe Negrín Febles, a que se le mantenga la puntuación reconocida por Acuerdo del Tribunal Calificador de 19 de abril de 2002.

Sexto.- Por Resolución nº 174, de 16 de agosto de 2005, de la Dirección General de Recursos Humanos, se dispuso el cumplimiento del fallo de la citada sentencia, mandatando que se volviera a atribuir a Dña. Gara Guadalupe Negrín Febles la puntuación reconocida por Acuerdo del Tribunal Calificador y a que volviera a ser incluida en la relación de aspirantes aprobados, excluyendo a D. Juan Manuel Prieto González, modificando en el mismo sentido los actos posteriores.

Séptimo.- Por Resoluciones números 12 y 13 de 25 de agosto de 2005, de la Gerencia de Servicios Sanitarios de La Gomera, se acuerda nueva relación de aspirantes aprobados y nueva propuesta de nombramiento en las pruebas selectivas de referencia, incluyendo en las mismas a Dña. Gara Guadalupe Negrín Febles, con D.N.I. nº 43.823.895, a la que se adjudica plaza de Ayudantes Técnicos Sanitarios/Diplomados Universitarios en Enfermería de Atención Especializada, y excluyendo de dicha relación a D. Juan Manuel Prieto González, con D.N.I. nº 43.806.823.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 3.4 del Decreto 29/1999, de 25 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de personal estatutario del Servicio Canario de la Salud para 1999, establece que "corresponde al Director del Servicio Canario de la Salud el nombramiento del personal seleccionado", regla de competencia que se recoge en el apartado primero de la base decimosexta de las Bases Generales aprobadas por la resolución a que se refiere el Antecedente de Hecho Primero de la presente, y ahora reproducida en el artículo 20.1 del Decreto 123/1999, de 17 de junio, sobre selección de personal estatutario y la provisión de plazas básicas y puestos de trabajo en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud. Dicho precepto establece que "finalizada la actuación de los Tribunales y los trámites subsiguientes, el Director del Servicio Canario de la Salud, a propuesta del órgano convocante, dictará resolución que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, acordando el nombramiento de los aspirantes seleccionados, con expresión de la plaza adjudicada".

Debe entenderse que de la misma forma que le corresponde a este Órgano el nombramiento de personal estatutario fijo, en buena lógica le compete el cese del mismo.

Segundo.- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece en su artículo 66 que en caso de declararse la nulidad o anularse las actuaciones, se dispondrá siempre la conservación de aquellos actos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse cometido la infracción.

En este sentido, cabe recordar que el principio de economía procesal, cuyo ámbito de aplicación se extiende a los procedimientos de toda índole, impone la conservación de los actos o trámites cuyo contenido sería el mismo de repetirse las actuaciones -dilatándose la tramitación en contra del principio de celeridad y eficacia- para llegar a idénticos resultados. Si, racionalmente, puede preverse que se reproducirán los mismos actos, lo lógico es su mantenimiento. Como dice la sentencia de 14 de junio de 1993:

"Es doctrina jurisprudencial la que, basándose en el principio de economía procesal, advierte sobre la improcedencia de declarar nulidades cuando el nuevo acto que se dicte una vez subsanado el posible defecto formal haya de ser idéntico en sentido material al anterior -SS. 11-5-1983, 13-2-1985, 28-7-1986, 5 de abril y 10 de mayo de 1989- pues en la esfera administrativa ha de ser tratada la nulidad de actuaciones con mucha ponderación y mesura".

Como queda dicho, la ejecución de la sentencia de 7 de octubre de 2003 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Las Palmas ha conllevado la modificación de la relación definitiva de los aspirantes que superaron el concurso-oposición en los términos que había sido formulada en virtud de la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos nº 48, de 13 de enero de 2003, así como la modificación de la relación de aspirantes aprobados, incluyendo en ambas a Dña. Gara Guadalupe Negrín Febles, con D.N.I. nº 43.823.895, y excluyendo de dicha relación a D. Juan Manuel Prieto González, con D.N.I. nº 43.806.823.

No obstante lo anterior, procede conservar el nombramiento respecto del resto de aspirantes aprobados, así como los actos posteriores derivados del mismo. No así respecto de D. Juan Manuel Prieto González, que como consecuencia de la ejecución de la sentencia mencionada y la consiguiente modificación de la relación definitiva de aspirantes que han superado el concurso-oposición, se ha visto desplazado de la lista de aprobados y debe ser cesado al no encontrarse ahora entre los aspirantes que obtienen plaza, retornando a la condición que ostentaba antes del proceso selectivo, esto es, como personal estatutario interino con plaza en la Gerencia de Servicios Sanitarios de La Gomera.

En cualquier caso, ni la presente Resolución ni la citada en el Antecedente de Hecho Tercero determinan el orden de prelación de los aspirantes en el proceso selectivo, que es el establecido en la relación definitiva de aspirantes que superaron el concurso-oposición una vez llevada a cabo su modificación, y no producen otro tipo de efectos, salvo el del nombramiento como personal estatutario fijo en la categoría de Ayudantes Técnicos Sanitarios/Diplomados Universitarios en Enfermería de Atención Especializada. Todo ello sin perjuicio del cese del aspirante a que se refiere el párrafo anterior.

Tercero.- El artículo 57.3 de la Ley 30/1992, dispone que "excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando se dicten en sustitución de actos anulados, y, asimismo, cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas".

Lo señalado en el citado precepto es aplicable a Dña. Gara Guadalupe Negrín Febles, respecto de quien procede su nombramiento como personal estatutario fijo, retrotrayendo los efectos económicos y administrativos del mismo a la fecha inicial del nombramiento del resto de aspirantes aprobados que se conserva.

En virtud de lo expuesto de forma razonada y motivada, y vista la Resolución nº 13 de 25 de agosto de 2005, de la Gerencia de Servicios Sanitarios de La Gomera,

R E S U E L V O:

Primero.- Cesar de su condición de personal estatutario fijo de la categoría de Ayudantes Técnicos Sanitarios/Diplomados Universitarios en Enfermería de Atención Especializada a D. Juan Manuel Prieto González, con D.N.I. nº 43.806.823, nombrado por Resolución de este Órgano de 15 de enero de 2003 (B.O.C. nº 13, de 21.1.03), retornando a la condición que ostentaba antes del proceso selectivo, esto es, como personal estatutario interino con plaza en la Gerencia de Servicios Sanitarios de La Gomera.

Segundo.- Nombrar personal estatutario fijo de la categoría de Ayudantes Técnicos Sanitarios/Diplomados Universitarios en Enfermería de Atención Especializada a Dña. Gara Guadalupe Negrín Febles, con D.N.I. nº 43.823.895, seleccionada en las pruebas selectivas a que se refiere el Antecedente de Hecho Segundo de la presente Resolución, adjudicándole destino en la Gerencia de Servicios Sanitarios de La Gomera.

Los efectos económicos y administrativos del nombramiento deberán retrotraerse a la fecha inicial del nombramiento del resto de aspirantes aprobados, efectuado por Resolución de este Órgano de 15 de enero de 2003 (B.O.C. nº 13, de 21.1.03).

Tercero.- Conservar el nombramiento de los restantes aspirantes seleccionados, así como el destino adjudicado en los términos previstos por la Resolución de este Centro Directivo a que se refiere el apartado dispositivo anterior.

Cuarto.- La aspirante a que se refiere el apartado segundo dispondrá del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias para efectuar la toma de posesión, que se llevará a efecto ante la Dirección Gerencia citada.

En caso de no tomar posesión de la plaza adjudicada en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de su participación en el concurso-oposición, salvo que se deba a causa justificada, así apreciada por el órgano convocante.

También se producirá la pérdida de todos los derechos derivados de su participación en el concurso-oposición, si la concursante no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria o renuncia a la plaza.

Quinto.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, y notificársela personalmente a D. Juan Manuel Prieto González, Dña. Gara Guadalupe Negrín Febles, y a la Gerencia de Servicios Sanitarios de La Gomera.

Contra la presente Resolución no cabe recurso alguno al dictarse en ejecución de sentencia judicial firme, sin perjuicio de las acciones que los interesados puedan promover ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Las Palmas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de marzo de 2006.- La Directora, Juana María Reyes Melián.



© Gobierno de Canarias