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BOC Nº 049. Viernes 10 de Marzo de 2006 - 809

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Audiencia Provincial. Sección Primera

809 - EDICTO de 13 de febrero de 2006, relativo al fallo de la sentencia recaída en apelación nº 273/2005, dimanante de los autos de menor cuantía nº 371/2000.

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D. JOSÉ RAMÓN NAVARRO MIRANDA, PRESIDENTE DE LA SECCIÓN PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE.

HACE SABER: que en el rollo de apelación nº 273/2005, dimanante de los autos de menor cuantía nº 371/2000, seguidos a instancia de la Sociedad P.S.A. Credit España, S.A. Entidad de Financiación (P.S.A. Credit) contra los desconocidos herederos de D. Enrique Núñez García, Dña. Modesta de la Soledad Pérez Gutiérrez, Dña. María Zoraida Núñez Pérez, D. Andrés Núñez Pérez y D. Enrique Núñez Pérez, se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

"SENTENCIA.- En Santa Cruz de Tenerife, a veinticuatro de octubre de dos mil cinco.- Visto por los Ilmos. Magistrados arriba expresados el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandante la Sociedad P.S.A. Credit España, S.A. Entidad de Financiación, contra la sentencia dictada en los autos nº 371/2000, menor cuantía, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa Cruz de Tenerife, promovidos por Sociedad P.S.A. Credit España, S.A. Entidad de Financiación, representada por el Procurador Dña. Montserrat Padrón García y asistida por el letrado D. Mario Santana González, contra los desconocidos herederos de D. Enrique Núñez García, contra Dña. Modesta de la Soledad Pérez Gutiérrez, Dña. María Zoraida Núñez Pérez y D. Andrés Núñez Pérez, representados por el Procurador Dña. María Eugenia Beltrán Gutiérrez y asistidos por el Letrado D. José E. Gómez Rodríguez Acuña, y contra D. Enrique Núñez Pérez, representado por el Procurador D. Joaquín Cañibano Martín y asistido por el Letrado D. Arturo Armada Manrique; han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente sentencia siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Ramón Navarro Miranda, con base en los siguientes: ...- FALLO.- Que estimando el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dña. Montserrat Padrón García, en representación de la entidad P.S.A. España S.A. Entidad de Financiación, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº Uno de Santa Cruz de Tenerife, debemos revocar y revocamos parcialmente la referida resolución, en el sentido de extender la condena efectuada, estimando la demanda formulada por la referida parte, a Dña. Modesta de la Soledad Pérez Gutiérrez, Dña. María Zoraida Núñez Pérez y D. Andrés Núñez Pérez. Y todo ello, imponiendo a la parte demandada las costas de la primera instancia, sin hacer especial imposición de las causadas en esta alzada.- Devuélvanse los autos originales al Juzgado de procedencia con testimonio de la presente resolución, para su ejecución y cumplimiento y demás efectos legales.- Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.- J.R. Navarro M.- E.S. Dobarro R.- M. Blanco Fernández del Viso.- Firmado.- Rubricado."

Y para que sirva de notificación en forma a los desconocidos herederos de D. Enrique Núñez García y a Dña. Modesta de la Soledad Pérez Gutiérrez, de los cuales se desconoce su actual domicilio, y para su publicación en el tablón de anuncios de esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife y en el Boletín Oficial de Canarias, expido y firmo el presente en Santa Cruz de Tenerife, a trece de febrero de dos mil seis.- El Presidente.- La Secretaria.

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