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BOC Nº 037. Miércoles 22 de Febrero de 2006 - 616

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Sanidad

616 - Servicio Canario de la Salud. Secretaría General.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 10 de febrero de 2006, sobre notificación de Resoluciones de la Directora del Servicio Canario de la Salud relativas a la baja en el registro de determinados centros y establecimientos sanitarios.

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Habiendo sido intentada la notificación de las Resoluciones de la Directora del Servicio Canario de la Salud que figuran en el anexo, sin que hayan podido ser practicadas, y siendo desconocido el nuevo domicilio a efectos de notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

Proceder a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de las Resoluciones que figuran en el anexo a la presente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de febrero de 2006.- La Secretaria General, María Teresa Larrea Díez.

A N E X O

1º) RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD.

TIPO DE CENTRO SANITARIO: establecimiento de ortopedia.

DIRECCIÓN: Carretera General del Sur, 15, Taco, Santa Cruz de Tenerife.

TITULAR: Ortopedia Mencey, S.L.

Nº INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO DE REGISTRO: 1396.

Habiéndose comprobado en inspección de fecha 25 de noviembre de 2005, el cierre del centro antes referenciado, la Directora del Servicio Canario de la Salud, en virtud de las competencias que le atribuye el artº. 5.2.c) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 de dicha norma, y vista la propuesta de la Jefe de Servicio de Acreditación relativa al centro referenciado,

R E S U E L V E:

1. Ordenar la baja, por cierre, en el Registro de Centros, Servicios, Establecimientos y Actividades Sanitarias.

2. Notificar esta Resolución a D. José Hernández Bello, representante legal de la entidad mercantil Ortopedia Mencey, S.L., significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante la Consejera de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 21 de diciembre de 2005.- La Directora, Juana María Reyes Melián.

2º) RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD.

TIPO DE CENTRO SANITARIO: establecimiento de ortopedia (taller).

DIRECCIÓN: calle Álvarez de Lugo, 61, Santa Cruz de Tenerife.

TITULAR: Ortopedia Tenerife, S.L.

Nº INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO DE REGISTRO: 1274.

Habiéndose comprobado en inspección de fecha 16 de diciembre de 2005, el cierre del centro referenciado, la Directora del Servicio Canario de la Salud, en virtud de las competencias que le atribuye el artº. 5.2.c) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 de dicha norma, y vista la propuesta de la Jefe de Servicio de Acreditación relativa al centro referenciado,

R E S U E L V E:

1. Ordenar la baja, por cierre, en el Registro de Centros, Servicios, Establecimientos y Actividades Sanitarias.

2. Notificar esta Resolución a Dña. Cristina Dolores Sosa Perdomo, representante legal de la entidad mercantil Ortopedia Tenerife, S.L., significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante la Consejera de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 21 de diciembre de 2005.- La Directora, Juana María Reyes Melián.

3º) RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD.

TIPO DE CENTRO SANITARIO: clínica dental.

DIRECCIÓN calle El Toscal, 4, Los Realejos.

TITULAR: D. Owe Otto Reimers.

Nº INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO DE REGISTRO: 1961.

Habiendo sido comunicado por el Colegio de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife, con fecha 6 de abril de 2005, el cierre del centro referenciado, la Directora del Servicio Canario de la Salud, en virtud de las competencias que le atribuye el artº. 5.2.c) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 de dicha norma, y vista la propuesta del Jefe de Servicio de Acreditación relativa al centro referenciado,

R E S U E L V E:

1. Ordenar la baja, por cierre, en el Registro de Centros, Servicios, Establecimientos y Actividades Sanitarias.

2. Notificar esta Resolución a D. Owe Otto Reimers, significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante la Consejera de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 14 de abril de 2005.- La Directora, Juana María Reyes Melián.

4º) RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD.

TIPO DE CENTRO SANITARIO: establecimiento de óptica.

DIRECCIÓN: Carretera La Longuera, s/n, local 2, Edificio Lasa, Los Realejos.

TITULAR: Ópticas Orotava, S.L.

Nº INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO DE REGISTRO: 2147.

Habiéndose comprobado en inspección de fecha 12 de mayo de 2005, el cierre del centro referenciado, la Directora del Servicio Canario de la Salud, en virtud de las competencias que le atribuye el artº. 5.2.c) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 de dicha norma, y vista la propuesta de la Jefe de Servicio de Acreditación relativa al centro referenciado,

R E S U E L V E:

1. Ordenar la baja, por cierre, en el Registro de Centros, Servicios, Establecimientos y Actividades Sanitarias.

2. Notificar esta Resolución a D. Antonio Santos Cruz, representante legal de la entidad mercantil Ópticas Orotava, S.L., significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante la Consejera de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 16 de mayo de 2005.- La Directora, Juana María Reyes Melián.

5º) RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD.

TIPO DE CENTRO SANITARIO: consulta de medicina general.

DIRECCIÓN: Avenida Noelia Afonso, s/n, Apartamentos El Dorado L-6, Playa de las Américas, Arona.

TITULAR: Las Américas Doctors, S.L.

Nº INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO DE REGISTRO: 2879.

Habiéndose comprobado en inspección de fecha 17 de marzo de 2005, el cierre del centro referenciado, el Director del Servicio Canario de la Salud, en virtud de las competencias que le atribuye el artº. 5.2.c) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 de dicha norma, y vista la propuesta del Jefe de Servicio de Acreditación relativa al centro referenciado,

R E S U E L V E:

1. Ordenar la baja, por cierre, en el Registro de Centros, Servicios, Establecimientos y Actividades Sanitarias.

2. Notificar esta Resolución a D. Guido Luis Rosell, representante legal de la entidad mercantil Las Américas Doctors, S.L, significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante la Consejera de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 30 de marzo de 2005.- El Director, p.s., la Secretaria General (Orden de 23.2.05), María Teresa Larrea Díez.

6º) RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD.

TIPO DE CENTRO SANITARIO: consulta de medicina familiar y comunitaria.

DIRECCIÓN: calle La Torre, 2, 3º B, San Sebastián de La Gomera (La Gomera).

TITULAR: D. Pablo Setién Urrea.

Nº INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO DE REGISTRO: 2044.

Habiéndose comprobado en inspección de fecha 11 de abril de 2005, el cierre del centro referenciado, la Directora del Servicio Canario de la Salud, en virtud de las competencias que le atribuye el artº. 5.2.c) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 de dicha norma, y vista la propuesta del Jefe de Servicio de Acreditación relativa al centro referenciado,

R E S U E L V E:

1. Ordenar la baja, por cierre, en el Registro de Centros, Servicios, Establecimientos y Actividades Sanitarias.

2. Notificar esta Resolución a D. Pablo Setién Urrea, significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante la Consejera de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 14 de abril de 2005.- La Directora, Juana María Reyes Melián.

7º) RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD.

TIPO DE CENTRO SANITARIO: consulta de medicina interna.

DIRECCIÓN: calle Almirante Díaz Pimienta, 10, Los Llanos de Aridane (La Palma).

TITULAR: Dña. Barbara Ruth Úrsula Seide.

Nº INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO DE REGISTRO: 1558.

Habiéndose comprobado en inspección de fecha 25 de abril de 2005, el cierre del centro referenciado, la Directora del Servicio Canario de la Salud, en virtud de las competencias que le atribuye el artº. 5.2.c) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 de dicha norma, y vista la propuesta de la Jefe de Servicio de Acreditación relativa al centro referenciado,

R E S U E L V E:

1. Ordenar la baja, por cierre, en el Registro de Centros, Servicios, Establecimientos y Actividades Sanitarias.

2. Notificar esta Resolución a Dña. Barbara Ruth Úrsula Seide, significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante la Consejera de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 27 de abril de 2005.- La Directora, Juana María Reyes Melián.

8º) RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD.

TIPO DE CENTRO SANITARIO: consulta de medicina general.

DIRECCIÓN: calle Pitera, 5, Hotel Ikarus, Puerto de la Cruz.

TITULAR: D. Bernd Gerhard Lorbeer.

Nº INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO DE REGISTRO: 1536.

Habiéndose comprobado en inspección de fecha 7 de octubre de 2005, el cierre del centro referenciado, la Directora del Servicio Canario de la Salud, en virtud de las competencias que le atribuye el artº. 5.2.c) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 de dicha norma, y vista la propuesta de la Jefe de Servicio de Acreditación relativa al centro referenciado,

R E S U E L V E:

1. Ordenar la baja, por cierre, en el Registro de Centros, Servicios, Establecimientos y Actividades Sanitarias.

2. Notificar esta Resolución a D. Bernd Gerhard Lorbeer, significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante la Consejera de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 18 de octubre de 2005.- La Directora, Juana María Reyes Melián.

9º) RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD.

TIPO DE CENTRO SANITARIO: consulta de fisioterapia.

DIRECCIÓN: Carretera General, 75, Tejina, La Laguna.

TITULAR: D. Aurelio García Dorta.

Nº INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO DE REGISTRO: 1798.

Habiéndose comprobado en inspección de fecha 2 de septiembre de 2005, el cierre del centro referenciado, la Directora del Servicio Canario de la Salud, en virtud de las competencias que le atribuye el artº. 5.2.c) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 de dicha norma, y vista la propuesta de la Jefe de Servicio de Acreditación relativa al centro referenciado,

R E S U E L V E:

1. Ordenar la baja, por cierre, en el Registro de Centros, Servicios, Establecimientos y Actividades Sanitarias.

2. Notificar esta Resolución a D. Aurelio García Dorta, significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante la Consejera de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 21 de septiembre de 2005.- La Directora, Juana María Reyes Melián.

10º) RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD.

TIPO DE CENTRO SANITARIO: establecimiento de óptica.

DIRECCIÓN: Plaza Alférez Provisional, 1, esquina calle Villalba Hervás, Santa Cruz de Tenerife.

TITULAR: la entidad mercantil Correos Óptica, S.L.

Nº INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO DE REGISTRO: 2270.

Habiéndose comprobado en inspección de fecha 14 de octubre de 2005, el cierre del centro referenciado, la Directora del Servicio Canario de la Salud, en virtud de las competencias que le atribuye el artº. 5.2.c) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 de dicha norma, y vista la propuesta de la Jefe de Servicio de Acreditación relativa al centro referenciado,

R E S U E L V E:

1. Ordenar la baja, por cierre, en el Registro de Centros, Servicios, Establecimientos y Actividades Sanitarias.

2. Notificar esta Resolución a D. Teodoro Ortega Oviedo, representante legal de la entidad mercantil Correos Óptica, S.L., significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante la Consejera de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 18 de octubre de 2005.- La Directora, Juana María Reyes Melián.

11º) RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD.

TIPO DE CENTRO SANITARIO: establecimiento de óptica.

DIRECCIÓN: calle Ignacio Padrón, 11, Frontera (El Hierro).

TITULAR: D. José Manuel Fernández León.

Nº INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO DE REGISTRO: 1925.

Habiéndose comprobado en inspección de fecha 3 de octubre de 2005, el cierre del centro referenciado, la Directora del Servicio Canario de la Salud, en virtud de las competencias que le atribuye el artº. 5.2.c) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 de dicha norma, y vista la propuesta de la Jefe de Servicio de Acreditación relativa al centro referenciado,

R E S U E L V E:

1. Ordenar la baja, por cierre, en el Registro de Centros, Servicios, Establecimientos y Actividades Sanitarias.

2. Notificar esta Resolución a D. José Manuel Fernández León, significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante la Consejera de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 18 de octubre de 2005.- La Directora, Juana María Reyes Melián.

12º) RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD.

TIPO DE CENTRO SANITARIO: establecimiento de ortopedia.

DIRECCIÓN: calle Ramón y Cajal, 37, Santa Cruz de Tenerife.

TITULAR: Ortopedia Tenerife, S.L.

Nº INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO DE REGISTRO: 1273.

Habiéndose comprobado en inspección de fecha 16 de diciembre de 2005, el cierre del centro referenciado, la Directora del Servicio Canario de la Salud, en virtud de las competencias que le atribuye el artº. 5.2.c) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 de dicha norma, y vista la propuesta de la Jefe de Servicio de Acreditación relativa al centro referenciado,

R E S U E L V E:

1. Ordenar la baja, por cierre, en el Registro de Centros, Servicios, Establecimientos y Actividades Sanitarias.

2. Notificar esta Resolución a Dña. Cristina Dolores Sosa Perdomo, representante legal de la entidad mercantil Ortopedia Tenerife, S.L., significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante la Consejera de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 21 de diciembre de 2005.- La Directora, Juana María Reyes Melián.

13º) RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD POR LA QUE SE ORDENA LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE ACTIVIDAD DE LA CLÍNICA DENTAL LAS CHAFIRAS SITUADA EN CARRETERA GENERAL LAS GALLETAS, 49, LOCAL 4, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE SAN MIGUEL DE ABONA.

Vista la propuesta de la Jefa del Servicio de Acreditación, de esta Dirección, relativa a la Clínica Dental situada en Carretera General Las Galletas, 49, local 4, en el término municipal de San Miguel de Abona.

En el que constan los siguientes

ANTECEDENTES

1.- Se ha tenido conocimiento del funcionamiento, en la dirección indicada, de un centro sanitario incluido dentro del ámbito de aplicación del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, por el que se regulan las Autorizaciones de Instalación y Funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre).

2.- Dicho centro no cuenta con la preceptiva autorización de funcionamiento.

A los que son de aplicación las siguientes

CONSIDERACIONES

I. Corresponde a la Directora del Servicio Canario de la Salud ordenar la suspensión provisional de funcionamiento de los centros, servicios y establecimientos sanitarios incluidos en el ámbito de aplicación del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, por el que se regulan las Autorizaciones de Instalación y Funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), cuando no cuenten con la preceptiva autorización o incumplan los requisitos exigidos para su funcionamiento, según lo dispuesto en su artículo 5.2.d).

II. Conforme al artículo 21.2 de la misma norma, la inexistencia de autorización, determinará la suspensión de las actividades y la clausura de los locales hasta que se cuente con ella.

III. El artículo 37 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (B.O.E. nº 102, de 24 de abril), y el artículo 41 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5 de agosto), con relación a la naturaleza de la medida de suspensión del funcionamiento de un centro o servicio sanitario, establecen que no tendrán carácter de sanción la clausura o cierre de centros, servicios y establecimientos por no contar con la autorización preceptiva.

En virtud de lo expuesto,

R E S U E L V O:

Primero.- Ordenar la suspensión de la actividad de la Clínica Dental situada en Carretera General Las Galletas, 49, local 4, en el término municipal de San Miguel de Abona, hasta que cuente con la preceptiva autorización de funcionamiento. La suspensión deberá hacerse efectiva en el plazo de dos días contados a partir de la notificación de la presente Resolución.

Segundo.- Apercibir a su titular, que si en algún momento posterior a dicho plazo, los Inspectores habilitados por esta Dirección comprobarán que el mencionado centro está en funcionamiento, se procederá a la ejecución forzosa de la misma, de conformidad con el artículo 95 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, precintando las dependencias del local destinadas a la actividad objeto de suspensión.

Tercero.- Notificar esta Resolución al titular, significando que no pone fin a la vía administrativa, por lo que podrá ser recurrida en alzada ante la Consejera de Sanidad, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 24 de octubre de 2005.- La Directora, Juana María Reyes Melián.

14º) RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD POR LA QUE SE DECLARA LA CADUCIDAD DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Nº 01/05, INICIADO A LA ENTIDAD MERCANTIL CLÍNICA DENTAL PLAYA SAN JUAN, S.L.

Vista la propuesta efectuada por la Instructora del procedimiento sancionador nº 01/05 y examinadas las actuaciones practicadas en el expediente sancionador de referencia iniciado a la entidad mercantil Clínica Dental Playa San Juan, S.L., son relevantes los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- Acuerdo de esta Dirección de 27 de enero de 2005, de iniciación de procedimiento sancionador a la entidad mercantil Clínica Dental Playa San Juan, S.L., por presunta infracción grave a la normativa sanitaria vigente.

Segundo.- Intentos de notificación del Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador a Dña. Stella Maris Gelabert, como representante legal de la entidad mercantil presuntamente responsable, de fechas 3 y 4 de febrero de 2005 respectivamente.

Tercero.- Oficio remitido el 16 de marzo de 2005 a la Oficina de Correos Playa San Juan en el término municipal de Guía de Isora, por el que se solicitaba la emisión de certificado sobre los intentos de notificación del Acuerdo de iniciación referido en el párrafo precedente.

Cuarto.- Escrito de fecha 22 de abril de 2005 remitido por la Oficina de Correos por el que proceden a devolver el documento remitido al haber caducado el envío en lista de Correos, -tras los dos intentos de notificación practicados-, y ser el destinatario desconocido.

Quinto.- Oficio remitido el 16 de mayo de 2005 al Excmo. Ayuntamiento de Guía de Isora para publicación en el tablón de edictos de dicha Corporación de la notificación del Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador.

Sexto.- Remisión al Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador para su publicación.

Séptimo.- Publicación en el Boletín Oficial de Canarias nº 108, de 3 de junio de 2005 del Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador a la entidad mercantil Clínica Dental Playa San Juan, S.L.

Octavo.- Propuesta de fecha 5 de octubre de 2005 de la Instructora del expediente sancionador de referencia relativa a la declaración de caducidad del procedimiento sancionador nº 01/05 y archivo de las actuaciones.

A los que son de aplicación las siguientes

CONSIDERACIONES

Primera.- La infracción imputada a la entidad mercantil presuntamente responsable está tipificada por el artículo 37 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5.8.94) como infracción grave.

Segunda.- A tenor de lo dispuesto en el Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, las infracciones graves han de ser tramitadas por el procedimiento general que establece dicha norma, cuyo plazo, -desde el inicio mediante el correspondiente Acuerdo hasta la Resolución que le ponga fin-, es de seis meses (teniendo en cuenta las posibles interrupciones de su cómputo establecidas por la normativa de aplicación), pues como señala el artículo 20.6 "si no hubiera recaído resolución transcurridos seis meses desde la iniciación, se iniciará el cómputo del plazo de caducidad".

Tercera.- En el caso que nos ocupa, el Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador es de fecha 27 de enero de 2005, expirando el plazo para recaer la Resolución que le ponga fin y notificarla al presunto responsable el 27 de julio de 2005.

Evidentemente tal y como se recoge en los antecedentes de hecho de esta Resolución, no se ha podido tramitar el procedimiento sancionador de referencia en los plazos establecidos al efecto, por lo que en virtud de lo dispuesto en el artículo 20.6 del Real Decreto 1.398/1993 ya mencionado, en relación al artículo 44.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según modificación introducida por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que establece que "en los procedimientos en que la Administración ejercite potestades sancionadoras o, en general, susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen, se producirá la caducidad", en el presente caso, ha de declararse la caducidad del procedimiento sancionador y proceder al archivo de las actuaciones.

En virtud de lo expuesto,

R E S U E L V O:

Primero.- Declarar la caducidad del procedimiento sancionador nº 01/05, iniciado a la entidad mercantil Clínica Dental Playa San Juan, S.L. y proceder al archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que esta Dirección pueda iniciar un nuevo procedimiento sancionador en el supuesto de que no se haya producido la prescripción de la infracción imputada.

Segundo.- Notificar esta Resolución a Dña. Stella Maris Gelabert, como representante legal de Clínica Dental Playa San Juan, S.L., significándole que no pone fin a la vía administrativa, por lo que podrá ser recurrida en alzada ante la Consejera de Sanidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de su notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 7 de octubre de 2005.- La Directora, Juana María Reyes Melián.

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