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BOC Nº 030. Lunes 13 de Febrero de 2006 - 198

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías

198 - ORDEN de 3 de febrero de 2006, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2006, de subvenciones para el apoyo a la seguridad industrial.

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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Industria y Energía, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2006, de subvenciones para el apoyo a la seguridad industrial.

Vista la propuesta formulada por el Director General de Industria y Energía.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

1º)La Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías es el Departamento de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias encargado de la propuesta y ejecución de las directrices del Gobierno de Canarias y de la gestión de los servicios y competencias, entre otras áreas materiales, de las políticas industrial, energética, minera y metalúrgica.

2º) Por Orden de 13 de julio de 2005, se aprobaron las bases que han de regir la concesión de subvenciones para el apoyo a la seguridad industrial y se efectúa la convocatoria para el año 2005.

3º) Mediante la Orden de 28 de septiembre de 2005, se modifica la Orden de 13 de julio de 2005, ampliando el plazo de resolución de la convocatoria hasta el 30 de octubre.

4º)Mediante la Orden de 3 de noviembre de 2005, se modifica la Orden de 13 de julio de 2005, ampliando nuevamente el plazo de resolución de la convocatoria hasta el 30 de noviembre.

5º) Por Orden de 25 de noviembre de 2005, se modifica la Orden de 13 de julio de 2005, ampliando el plazo de ejecución y justificación de las actividades que resulten subvencionadas hasta el 20 de diciembre.

6º)La base 2 de la Orden de 13 de julio de 2005, establece que para el siguiente ejercicio presupuestario se publicará en el Boletín Oficial de Canarias la correspondiente Resolución fijando el plazo de presentación de solicitudes y el importe, y su aplicación presupuestaria.

7º) Con fecha 24 de enero de 2006, la Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea ha emitido informe favorable.

8º) Con fecha 26 de enero de 2006, la Intervención Delegada en la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías emite informe favorable respecto a la fiscalización.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

1ª) La base 2 de la Orden de 13 de julio de 2005, en relación con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado parcialmente por el Decreto 103/2000, de 12 de junio, indica que para los sucesivos ejercicios presupuestarios se publicará anualmente en el Boletín Oficial de Canarias la correspondiente resolución fijando el plazo de presentación de solicitudes.

2ª) El artículo 10.4 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado parcialmente por el Decreto 103/2000, de 12 de junio, le atribuye la competencia para efectuar las convocatorias a los titulares de los Departamentos.

En su virtud, en uso de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

1º)Convocar mediante concurso para el ejercicio 2006, la concesión de subvenciones para el apoyo a la seguridad industrial, de acuerdo con la Orden de 13 de julio de 2005, por la que se aprueban las bases que han de regir la concesión de subvenciones para el apoyo a la seguridad industrial y se efectúa la convocatoria para el año 2005.

2º)El plazo máximo de presentación de solicitudes será de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

3º)El importe de los créditos disponibles para atender las solicitudes presentadas durante el presente ejercicio es de 400.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 06.15.03.722B.780.00, proyecto de inversión 02708605 denominado "Apoyo a la seguridad industrial y minera".

A dichos importes, con anterioridad a la Resolución de la convocatoria, se les podrán añadir los créditos que como consecuencia de la propia gestión del Programa se precisen, vía modificación de crédito o por incremento de la dotación inicialmente asignada al Programa en función del presupuesto consignado en el proyecto.

4º) Se autoriza a la Dirección General de Industria y Energía a adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la presente Orden.

5º) La presente Orden producirá sus efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante la Consejera de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a su notificación; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Las Palmas, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del siguiente al de la notificación; significándole que en el caso de presentar recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o hasta que se produzca la desestimación presunta del mismo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de febrero de 2006.

LA CONSEJERA DE INDUSTRIA,

COMERCIO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS,

María Luisa Tejedor Salguero.

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