La Resolución de 26 de diciembre de 2005, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de competencias en el área de recaudación, establece en su apartado tercero 1.2.1.c) que corresponde a las Unidades Administrativas Regionales de Recaudación de las Administraciones desarrollar sus funciones y competencias respecto a las deudas de las personas o entidades con domicilio fiscal en el ámbito territorial de la correspondiente Administración, cuya gestión recaudatoria no corresponda a las Dependencias Regionales de Recaudación y no se trate de deudas de aquellos obligados tributarios cuya gestión recaudatoria se ajuste a los procesos informatizados a que se refiere la Disposición Adicional Segunda de esta Resolución, y cuando el importe total de sus deudas no supere la cifra que para cada Administración se fije por el titular de la correspondiente Delegación Especial, previo informe favorable del Departamento de Recaudación, mediante acuerdo publicado en el Boletín Oficial correspondiente a su ámbito territorial, siendo este importe, como máximo, de 300.000 euros.
En cumplimiento de lo citado en el párrafo anterior, y previo informe favorable del Departamento de Recaudación de la A.E.A.T., he resuelto que para cada Administración de las que se citan a continuación el importe a que hace referencia el apartado tercero 1.2.1.c) de la Resolución de 26 de diciembre de 2005, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de competencias en el área de recaudación, sea el siguiente:
Administración de Lanzarote 90.000 euros
Administración de Santa María de Guía 30.000 euros
Administración de Fuerteventura 60.000 euros
Administración de San Bartolomé 30.000 euros
de Tirajana
Administración de Arona 30.000 euros
Administración de La Laguna 150.000 euros
Administración de Puerto de la Cruz 30.000 euros
Administración de La Gomera 30.000 euros
Administración de La Palma 30.000 euros
Administración de El Hierro 30.000 euros
La presente resolución será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de enero de 2006.- El Delegado Especial de la A.E.A.T. en Canarias, Fernando Rodríguez Tuñas.
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