Por esta Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías se ha elaborado el proyecto de Orden por la que se establece los procedimientos de obtención del documento de calificación de empresa artesana, del carné de artesano y del carné de monitor o maestro artesano.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 24.1.c) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se considera oportuno abrir un período de información pública sobre el mismo.
A tal efecto, durante el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, se pondrá a disposición de los interesados el texto del citado proyecto de disposición en las oficinas de la Dirección General de Fomento Industrial e Innovación Tecnológica, sitas en la Avenida de Anaga, 35, Edificio de Usos Múltiples I, 7ª planta, 38001-Santa Cruz de Tenerife y en la calle Cebrián, 3, 4ª planta, 35071-Las Palmas de Gran Canaria, así como en la página https://www.gobiernodecanarias.org/artesania, a fin de que puedan formularse las alegaciones que se estimen pertinentes.
Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de enero de 2006.- El Director General de Fomento Industrial e Innovación Tecnológica, Guillermo Manuel Jiménez García.
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