Encontrándose vacante una plaza del Cuerpo de Administrativos del Parlamento de Canarias, Escala de Transcriptores, la Mesa del Parlamento, en reunión de fecha 24 de enero de 2006, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42.e) y 52 de las Normas de Gobierno Interior del Parlamento de Canarias (Boletín Oficial del Parlamento de Canarias nº 218, de 23.4.03), y vista la legislación supletoria de aplicación, acuerda convocar una plaza del Cuerpo de Administrativos del Parlamento de Canarias, Escala de Transcriptores, por el procedimiento de concurso-oposición, con carácter interino, con arreglo a las siguientes
BASES
Primera.- Objeto de la convocatoria y régimen jurídico.
a) Es objeto de la presente convocatoria la provisión, con carácter interino, por el sistema de concurso-oposición, de una plaza del Cuerpo de Administrativos del Parlamento de Canarias, Escala de Transcriptores.
b) La presente convocatoria queda sujeta a las bases de la misma y se regirá por las Normas de Gobierno Interior del Parlamento de Canarias, supletoriamente, por la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado, y por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General del Estado.
c) Por necesidades del servicio se aconseja su provisión interinamente.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir a la fecha de finalización de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de cualquiera de los Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También serán admitidas aquellas personas a que hace referencia el artículo 2.2.1º del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo (B.O.E. nº 130, de 31.5.01).
b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión del título de Bachillerato Unificado Polivalente, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones a desempeñar.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni haber sido inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Tercera.- Solicitudes de participación en las pruebas selectivas.
a) Quienes deseen tomar parte en la oposición deberán dirigir solicitud al Secretario General del Parlamento de Canarias, en instancia según modelo que se acompaña como anexo III a la presente convocatoria, a través del registro auxiliar de personal, de lunes a viernes, laborales, de 9,00 a 14,00 horas.
Igualmente, podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
b) El plazo de presentación de instancias será de veinte (20) días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
c) A las instancias solicitando tomar parte en las pruebas, se acompañará el recibo acreditativo del pago de los derechos de examen, cuyo importe se encuentra señalado en el apartado siguiente.
d) El importe de la tasa a satisfacer para participar en la presente convocatoria será de nueve euros con ochenta y ocho céntimos (9,88 euros), según lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, actualizado conforme a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley 9/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2006, mediante ingreso o transferencia a la cuenta del Parlamento de Canarias en la entidad Caja General de Ahorros de Canarias -CajaCanarias (2065/0008/77/1114000045), haciendo constar como observación la indicación "CON-OPO-TRANSCR-INTERINOS".
El importe de la tasa sólo podrá ser devuelto, previa solicitud del interesado, en el caso de no ser admitido al proceso selectivo por no reunir los requisitos exigidos para tomar parte en el mismo.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia del Parlamento dictará la Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos.
En dicha Resolución, que se publicará en los tablones de anuncios del Parlamento de Canarias y en el Boletín Oficial de Canarias, se indicará el plazo de subsanación de los defectos que, en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se concede a los aspirantes excluidos, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición.
Los aspirantes que dentro del plazo de subsanación de defectos no hubieran presentado la pertinente reclamación y justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán excluidos del proceso selectivo.
Quinta.- Tribunal Calificador.
a) El Tribunal Calificador se compondrá de cinco miembros, teniendo cada uno de ellos un suplente y estará formado, en todo caso, por un Presidente y un Secretario, quedando integrado de la siguiente forma:
- Presidente: Excmo. Sr. D. Gabriel Mato Adrover, Presidente del Parlamento de Canarias.
- Suplente: Excmo. Sr. D. Alfredo Belda Quintana, Vicepresidente Primero del Parlamento de Canarias.
- Vocal: D. Juan Manuel Díaz-Bertrana Sánchez, Letrado.
- Suplente: D. Aureliano Yanes Herreros, Letrado-Director Parlamentario.
- Vocal: D. Manuel Torres Stinga, Jefe de Servicio de Publicaciones.
- Suplente: Dña. Araceli González Antón, Jefa de Servicio de Documentación, Biblioteca y Archivo.
- Vocal: Dña. Carmen María Tavío Romero, Técnico de Gestión de Asistencia Parlamentaria.
- Suplente: Dña. Carlota María Sosa Felipe, Jefa de Sección de Gestión Parlamentaria.
- Vocal: D. Domingo Cigala García, Jefe de Negociado de Edición y Transcripción.
- Suplente: D. José Lucas Hernández Rodríguez, Jefe de Negociado de Personal.
Actuará en calidad de Secretaria Dña. Carmen María Tavío Romero, siendo suplente Dña. Carlota María Sosa Felipe.
El Tribunal Calificador se constituirá conforme establecen las Normas de Gobierno Interior del Parlamento de Canarias.
b) El Tribunal Calificador podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros titulares o suplentes, siendo necesaria en todo caso la asistencia del Presidente y del Secretario. Sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.
El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará en todo momento a lo dispuesto en el Título II, Capítulo V de las Normas de Gobierno Interior del Parlamento de Canarias y en el Título II, Capítulo II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
c) Los miembros del tribunal y, en su caso, el personal colaborador tendrán derecho a percibir las indemnizaciones o dietas que les correspondan en relación al servicio y a los derechos de asistencia que se atribuyen a los Tribunales de la categoría tercera en el Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Indemnizaciones por razón del servicio, con un número máximo de veinte (20) asistencias por cada miembro del Tribunal.
A estos efectos, el Secretario del tribunal expedirá certificación acreditativa de cada una de sus sesiones y de las personas asistentes a las mismas.
d) Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando estuvieran incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 28 de la reiterada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o cuando hubieren desarrollado tareas de preparación de aspirantes a pruebas de ingreso en las distintas Administraciones, dentro de los tres años anteriores a la publicación de aquellas en las que hayan de intervenir, debiendo notificar la concurrencia de cualquiera de estas circunstancias a la Mesa del Parlamento de Canarias.
e) El tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas en los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en su especialidad técnica, actuando con voz pero sin voto.
El Presidente del Parlamento podrá nombrar funcionarios públicos para colaborar en el desarrollo del proceso de selección. Dicho personal limitará su actuación, bajo las instrucciones del Presidente del tribunal, al desarrollo de tareas de llamamiento de aspirantes, entrega y recogida de documentos y otras análogas.
f) Tendrán representación ante el tribunal las centrales sindicales de mayor implantación y representación en el Parlamento de Canarias, así como la Junta de Personal de la Cámara, que designará un miembro a tal efecto.
Sexta.- Sistema selectivo.
Constará de dos fases, una de oposición y la otra de concurso.
Séptima.- Fase de oposición. Ejercicios.
Primer ejercicio. Constará de dos pruebas:
Primera prueba. Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo máximo de 45 minutos, de un cuestionario tipo test de 20 preguntas con 4 respuestas alternativas, basado en el temario de la parte general del anexo I de esta convocatoria.
Segunda prueba. Consistirá en el desarrollo por escrito, en el tiempo máximo de 60 minutos, de un tema elegido al azar entre los previstos en el temario de conocimientos específicos recogidos en el anexo I a esta convocatoria.
Segundo ejercicio. Constará de tres pruebas:
Primera prueba. Consistirá en la transcripción en Word XP de un fragmento oral grabado en el Programa Séneca y correspondiente a un debate parlamentario. El resultado final debe concluir con las tareas de guardar en disquete e imprimir. La duración de esta prueba será de 60 minutos.
Segunda prueba. Consistirá en la maquetación en Page Maker 7, sobre plantilla preestablecida para el Diario de Sesiones del Parlamento de Canarias y a partir de información suministrada en Word XP, de un punto del orden del día, con correcta disposición de la rúbrica del punto del orden del día en cuestión y su correspondiente sumario y desarrollo completo del debate. La duración de esta prueba será de 45 minutos.
Tercera prueba. Consistirá en la maquetación en Page Maker 7, sobre plantilla preestablecida para el Boletín Oficial del Parlamento de Canarias y a partir de información suministrada en Word XP, de distintas iniciativas parlamentarias, con la correcta ordenación en el sumario de la rúbrica de cada una de las iniciativas, así como la disposición en el cuerpo central de la publicación tanto de la orden de Presidencia sobre publicación de la iniciativa como del contenido total de la misma. La duración de esta prueba será de 60 minutos.
Octava.- Calificación.
Los ejercicios serán todos eliminatorios y se calificarán como a continuación se indica:
Primera prueba del primer ejercicio:
Las contestaciones se valorarán en la forma siguiente:
- Cada respuesta correcta suma 1 punto.
- Cada respuesta errónea resta 0,5 puntos.
- Cada respuesta en blanco o nula (más de una respuesta por pregunta) suma 0 puntos.
Será calificada de 0 a 20 puntos, no superando esta prueba quienes no alcancen un mínimo de 10 puntos.
Segunda prueba del primer ejercicio:
Será calificada de 0 a 10 puntos, no superando esta prueba quienes no alcancen un mínimo de 5 puntos.
Segundo ejercicio:
Cada una de las pruebas de que consta este ejercicio será calificada de 0 a 10 puntos y serán eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 5 puntos en cada una de las pruebas de que consta este ejercicio.
La calificación de la fase de oposición vendrá dada por la suma aritmética de la puntuación obtenida en los dos ejercicios.
Novena.- Fase de concurso.
A los aspirantes que superen la fase de oposición les serán valorados los méritos que se relacionan en el anexo II de las presentes bases.
A tales efectos, por el Tribunal Calificador se les requerirá para que aporten los justificantes de los méritos a que hace referencia la convocatoria, en el plazo de tres días hábiles a partir de la publicación de los resultados de la fase de oposición.
Décima.- Lugar de celebración, comienzo y desarrollo de los ejercicios.
a) El primer ejercicio de la oposición se celebrará en el lugar, fecha y hora señalados en la Resolución prevista en la base cuarta, de las presentes bases.
b) La siguiente convocatoria para el ejercicio segundo se efectuará por el tribunal mediante resolución de su Presidente, que se expondrá al público en los tablones de anuncios en la Sede del Parlamento de Canarias. Este anuncio deberá hacerse público por el tribunal con, al menos, veinticuatro horas de antelación a la señalada para la iniciación de cada ejercicio.
c) El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra "F", según establece la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 10 de enero de 2005 (B.O.E. nº 14, de 10.1.05), siendo convocados los aspirantes en único llamamiento para cada ejercicio.
d) Los aspirantes deberán concurrir a los ejercicios provistos de su correspondiente Documento Nacional de Identidad. En cualquier momento, los miembros del tribunal podrán requerir a los aspirantes que acrediten su identidad.
e) Corresponde a los miembros del tribunal velar por el correcto desarrollo del procedimiento selectivo y la consideración y apreciación de las incidencias que pudieran surgir, resolviendo mediante decisión motivada en relación con la interpretación y ejecución de las presentes bases.
Undécima.- Relación de aprobados.
a) Finalizado el proceso selectivo, el tribunal, en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente a la finalización del último ejercicio, publicará la relación de aprobados con la puntuación otorgada a cada aspirante en cada ejercicio y la suma de todas ellas, más la puntuación obtenida en la fase de concurso, que determinará el orden final de los mismos.
En caso de empate, el tribunal deberá resolverlo a favor del aspirante atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la prueba práctica (segundo ejercicio de la oposición) y de persistir la situación de empate, se atenderá a la puntuación obtenida en el primer ejercicio.
b) Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y no hayan obtenido plaza, entrarán a formar parte de una lista de reserva para nombramientos de funcionarios interinos para cubrir, en su caso, vacantes en plazas del Cuerpo de Administrativos, Escala de Transcriptores, que por la Mesa del Parlamento de Canarias, se considere conveniente proveer por este procedimiento, por necesidades de servicio urgentes.
La lista se ordenará de mayor a menor calificación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición. Dicha lista de reserva tendrá una vigencia de tres años salvo que, antes de que concluya el citado plazo, sea sustituida por nueva lista como consecuencia de una convocatoria pública para la provisión por el procedimiento ordinario.
Dicha lista estará debidamente certificada por el Secretario con el visto bueno del Presidente del tribunal y quedará expuesta en la sede del Parlamento de Canarias.
Duodécima.- Propuesta de nombramiento.
El tribunal elevará la relación de aprobados, a través del Letrado-Secretario General de la Cámara, a la Mesa del Parlamento, en unión de la correspondiente propuesta de nombramiento y del expediente de la oposición con todos los ejercicios y las actas de las sesiones del tribunal.
Decimotercera.- Aportación de documentación y nombramiento.
a) El aspirante propuesto por el Tribunal Calificador deberá presentar en el Registro Auxiliar de la Cámara, en el plazo de tres (3) días naturales desde que se haga pública la relación a la que se refiere la base undécima, mediante la correspondiente instancia, la siguiente documentación:
a.1) Fotocopia autorizada o compulsada del Documento Nacional de Identidad.
a.2) Fotocopia autorizada o compulsada del título académico exigido en la base segunda, apartado c), o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del mismo.
a.3) Certificado médico oficial acreditativo del cumplimiento del requisito establecido en la base segunda, apartado d), de las presentes bases.
a.4) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas según modelo que se incorpora como anexo III a estas bases.
b) Si dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentara la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, no podrá ser nombrado funcionario interino y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
En este caso, se formulará la propuesta de nombramiento según el orden de puntuación a favor de quienes, como consecuencia de la referida anulación, tuvieran cabida en el número de plazas convocadas.
Decimocuarta.- Toma de posesión.
a) Una vez efectuado el nombramiento y previo juramento o promesa conforme a lo exigido en el artículo 56.d) de las Normas de Gobierno Interior del Parlamento de Canarias, el opositor nombrado deberá tomar posesión dentro del plazo de cinco días naturales, a contar desde la notificación del nombramiento. En caso de no cumplir tales requisitos, no adquirirá la condición de funcionario interino.
b) Adquirida la condición de funcionario interino, será destinado al puesto de trabajo vacante, cualquiera que sea su régimen de jornada y dedicación.
Decimoquinta.- Régimen de impugnaciones.
a) El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo no previsto en estas bases.
b) Contra la presente convocatoria y sus bases, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que las haya dictado según lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Santa Cruz de Tenerife, sede del Parlamento de Canarias, a 24 de enero de 2006.- La Secretaria Primera, Belén Allende Riera.- Vº.Bº.: el Presidente, Gabriel Mato Adrover.
A N E X O I
TEMARIO DEL CUERPO DE ADMINISTRATIVOS DEL PARLAMENTO DE CANARIAS, ESCALA DE TRANSCRIPTORES.
I.- Parte general.
Tema 1.- La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos fundamentales y libertades públicas. Los órganos constitucionales. El modelo de organización territorial del Estado. La reforma de la Constitución.
Tema 2.- Principios generales del Estado Autonómico español. La autonomía de regiones y nacionalidades. Los Estatutos de Autonomía: naturaleza jurídica; elaboración; contenido y reforma.
Tema 3.- El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Notificación y publicación de los actos administrativos. Eficacia y requisitos de la validez de los actos administrativos.
Tema 4.- El Reglamento del Parlamento de Canarias: naturaleza jurídica, elaboración, reforma, estructura e interpretación. Otras fuentes del derecho parlamentario.
Tema 5.- El Parlamento de Canarias. Sistema electoral canario. Constitución del Parlamento. La Diputación Permanente.
Tema 6.- Funcionamiento del Parlamento: períodos de sesiones. El orden del día. Las sesiones. Los debates. Las votaciones.
Tema 7.- La Presidencia y la Mesa del Parlamento. Designación, período de mandato y cese. Competencias. La Junta de Portavoces.
Tema 8.- Las Comisiones. Composición. Clases. Competencias. La Presidencia de las Comisiones. Las ponencias. El Pleno.
Tema 9.- La iniciativa legislativa y sus clases. El procedimiento legislativo ordinario. Proyectos y proposiciones de Ley. Las enmiendas y votos particulares, concepto, clases y tramitación.
Tema 10.- Los procedimientos legislativos especiales. El procedimiento de urgencia. El procedimiento legislativo delegado. Tramitación en lectura única. Los procedimientos especiales en el Parlamento de Canarias. Reforma del Estatuto de Autonomía. La iniciativa ante las Cortes Generales.
Tema 11.- Los procedimientos específicos de control del Ejecutivo. La moción de censura y la cuestión de confianza. Las interpelaciones. Las preguntas.
Tema 12.- Las Normas de Gobierno Interior del Parlamento de Canarias. El Letrado-Secretario General. Servicios de la Cámara. Funciones.
Tema 13.- El personal al servicio del Parlamento de Canarias. Órganos competentes en materia de personal. Ingreso y cese. Situaciones. Derechos, deberes e incompatibilidades. Régimen disciplinario.
Tema 14.- El Estatuto de Autonomía de Canarias: estructura, contenido y naturaleza jurídica. La posición del Estatuto en el sistema de fuentes. Reforma del Estatuto de Autonomía.
Tema 15.- El Presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias. El Gobierno de Canarias: composición. Competencias estatutarias. Relaciones con el Parlamento.
Tema 16.- La estructura orgánica de la Unión Europea. El Parlamento Europeo. El Consejo. La Comisión. El Tribunal de Cuentas. El Comité Económico y Social.
II.- Parte específica.
Tema 1.- La situación lingüística de España. Las lenguas de España.
Tema 2.- Características fonéticas y gramaticales del español de Canarias.
Tema 3.- Principales aportes léxicos del español hablado en Canarias.
Tema 4.- Las variedades socioculturales del español. Principales rasgos del español coloquial.
Tema 5.- Lengua hablada y lengua escrita.
Tema 6.- Componentes del léxico del español general actual: palabras patrimoniales, préstamos extranjeros, arcaísmos, tecnicismos, neologismos, dialectalismos y vulgarismos.
Tema 7.- Los acortamientos de palabras, la formación de siglas y acrónimos.
Tema 8.- Rasgos característicos y creación léxica en el lenguaje político.
Tema 9.- Rasgos peculiares del texto jurídico-administrativo.
Tema 10.- Los libros de estilo y los diccionarios. Tipos de diccionarios.
Tema 11.- La lengua española en Internet. Panorama actual.
A N E X O I I
ACUERDO DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN DEL PARLAMENTO DE CANARIAS DE 16 DE ENERO DE 2006, SOBRE FIJACIÓN Y VALORACIÓN DE MÉRITOS QUE HAN DE REGIR EN LA FASE DE CONCURSO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS, PARA LA PROVISIÓN, CON CARÁCTER INTERINO, DE UNA PLAZA DEL CUERPO DE ADMINISTRATIVOS DEL PARLAMENTO DE CANARIAS, ESCALA DE TRANSCRIPTORES.
El máximo de puntuación de esta fase será de 25 puntos.
Primero: Antigüedad.
Por este concepto podrá alcanzarse un máximo de 10 puntos.
La antigüedad se valorará por años de servicios, desechándose las fracciones, computándose a estos efectos los siguientes:
1.- Por servicios prestados en el Parlamento de Canarias:
- En puestos con funciones similares a la de la plaza convocada, 2 puntos/año.
- En otros puestos, 1 punto/año.
2.- Por servicios prestados en otras Asambleas Legislativas:
- En puestos con funciones similares a la de la plaza convocada, 1,5 puntos/año.
- En otros puestos, 0,75 puntos/año.
3.- Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas:
- En puestos con funciones similares a la de la plaza convocada, 1 punto/año.
- En otros puestos, 0,50 puntos/año.
Segundo: Cursos de formación.
Se valorará hasta un máximo de 10 puntos la asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento, que versen:
1.- Sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias de las plazas convocadas, organizadas por el Parlamento de Canarias, otras Asambleas Legislativas o cualquier otra Administración Pública: Instituto Canario de Administración Pública (I.C.A.P.), Instituto Nacional de Administración Pública (I.N.A.P.), Servicio Canario de Empleo (SCE), Universidades y otros centros oficiales reconocidos, organizaciones empresariales y sindicales en el marco de los Acuerdos de formación continua. La valoración se hará conforme a la siguiente clasificación:
simismo, los cursos sobre prevención de riesgos laborales se valorarán hasta un máximo de 1 punto, conforme a la clasificación a la que se refiere la tabla anterior.2.- Se valorarán otros cursos organizados por entidades, organizaciones o empresas, no contemplados en el apartado anterior, sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias de las plazas convocadas. La valoración se hará por cada curso realizado conforme a la siguiente clasificación, sin que pueda superarse un total de 5 puntos por estos cursos:
- Hasta 20 horas: 0,10 puntos.
- De 21 a 40 horas: 0,20 puntos.
- De más de 40 horas: 0,40 puntos.
Con carácter general, cuando el certificado no especifique el número de horas lectivas, se computará como un curso mínimo establecido en la tabla.
Tercero: Titulación académica.
Por este concepto se podrá alcanzar un máximo de 5 puntos.
a) Por titulación de Licenciado: 5 puntos.
b) Por titulación de Diplomado: 4 puntos.
c) Por titulación de Bachillerato y F.P. II: 3 puntos.
Se valorarán aquellas titulaciones académicas distintas a la que se haya alegado en la solicitud para participar en el procedimiento selectivo. A esos efectos podrá valorarse más de una titulación dentro de cada nivel académico hasta un máximo de 2, sin poder superar, en este último caso, el máximo de 5 puntos.
En la Sede del Parlamento, a 16 de enero de 2006.
Representantes de la Administración Parlamentaria: Ilmo. Sr. D. José Ignacio Navarro Méndez, Secretario General.
Representantes del personal: D. Juan Manuel Martín Herrera, Junta de Personal; Dña. María Dolores Álvaro Sánchez, Junta de Personal; D. David Ross Márquez, Junta de Personal; D. Daniel Ross Márquez, Junta de Personal; Dña. María Asunción Hernández Herrero, Junta de Personal; D. Cristóbal García Vargas, Representante sindical de CC.OO.
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