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Se han detectado dos errores materiales en el anexo I de la Resolución de esta Dirección General de 23 de noviembre de 2005, por la que se inicia la fase de provisión del proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas básicas de personal estatutario de la categoría de Pediatras de Equipos de Atención Primaria en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 238, de 5.12.05).
Un primer error se produjo en la relación de plazas ofertadas en la Gerencia de Servicios Sanitarios de Fuerteventura, al figurar 1 en la Zona Básica de Salud "Puerto del Rosario", y 2 en la Zona Básica de Salud de "La Oliva", cuando deben ser 2 y 1 plazas respectivamente las ofertadas en las citadas Zonas Básicas.
El segundo error se produjo en el código asignado a la Zona Básica de Salud de "Victoria Acentejo", que debe ser el 6128 y no el 6125 como ha sido publicado.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, procede la rectificación de la Resolución indicada en el párrafo primero, en los aspectos afectados por el error material descrito.
En virtud de lo expuesto de forma razonada y motivada,
R E S U E L V O:
Primero.- Rectificar los errores materiales advertidos en el anexo I de la Resolución de esta Dirección General de 23 de noviembre de 2005, por la que se inicia la fase de provisión del proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas básicas de personal estatutario de la categoría de Pediatras de Equipos de Atención Primaria en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 238, de 5.12.05) en los siguientes términos:
Ver anexos - páginas 1636-1637
Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Dirección General en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas, en el plazo de dos meses a partir de la citada publicación, en los términos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. En caso de interponer recurso de reposición, no podrá acudirse a la vía contencioso-administrativa hasta que el mismo sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de enero de 2006.- La Directora General de Recursos Humanos, María del Carmen Aguirre Colongues.
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