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Por Resolución de la Presidenta de 25 de octubre de 2004 (B.O.C. nº 210, de 29.10.04), se aprobó la programación anual de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional correspondiente al año 2005, cofinanciado por el Fondo Social Europeo (FIP Canarias 2005) y se convoca la participación en la misma a las Entidades y Centros Colaboradores del Servicio Canario de Empleo.
Por Resolución de la Presidenta de 28 de junio de 2005 (B.O.C. nº 135, de 12.7.05), se modificó la Resolución de 25 de octubre de 2004, anteriormente citada.
Dado el retraso en el inicio de las acciones formativas correspondientes a los cursos asignados en virtud de la precitada convocatoria, se estima conveniente proceder a modificar determinadas bases de la convocatoria relativas a los períodos máximos de comienzo y al período de elegibilidad.
En su virtud, y previos los informes preceptivos de la Intervención General, de la Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea y del Consejo General de Empleo,
R E S U E L V O:
Primero.- Se modifican las bases novena y vigesimosegunda de la Resolución de 25 de octubre de 2004, de la Presidenta, por la que se aprueba la programación anual de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional correspondiente al año 2005, cofinanciado por el Fondo Social Europeo (FIP Canarias 2005) y se convoca la participación en la misma a las Entidades y Centros Colaboradores del Servicio Canario de Empleo, quedando redactadas en los siguientes términos:
"Novena.- Período de elegibilidad.
Se entenderán como admisibles todos aquellos gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y hayan sido efectivamente pagados, cumpliendo los requisitos de elegibilidad, desde el momento de notificación de la Resolución de concesión y hasta 3 meses después de la terminación del último de los cursos, pudiendo igualmente considerarse elegibles todos aquellos gastos relacionados con la preparación del proyecto formativo en que se incurra desde el momento de la publicación de la convocatoria hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes. No considerándose como justificables los realizados fuera de estos períodos."
"Vigesimosegunda.- Plazo de comienzo de las acciones.
1. Los cursos que se asignen en virtud de la presente convocatoria deberán tener comienzo antes del 31 de agosto de 2005, excepto aquellos cuya duración no exceda de 400 horas, cuyo comienzo podrá tener lugar hasta el 31 de diciembre de 2005.
A partir de estas fechas se entenderán renunciados todos aquellos cursos que no se hubiesen iniciado, dictándose resolución a tal efecto por el SCE.
2. Aquellas entidades a las que se hubiere anticipado el importe de los cursos asignados por esta convocatoria, y que no los iniciaran antes de las fechas mencionadas en el párrafo anteriormente citado, salvo por causas que no le fueran imputables, vendrán obligadas al reintegro del mismo en el plazo de 15 días, a contar desde el 30 de agosto y 31 de diciembre, respectivamente, aplicándoseles el interés legal del dinero, incrementado en un 25 por ciento, calculado desde la fecha de pago anticipado de la subvención hasta el momento en que se acuerde la procedencia del reintegro.
Dichos reintegros deberán ser ingresados en las siguientes entidades y cuentas corrientes:
Santa Cruz de Tenerife: Caja General de Ahorros de Canarias, c.c.c. 2065 0118 81 1114001822.
Las Palmas: Caja Insular de Ahorros de Canarias, c.c.c. 2052 8130 24 3510002204."
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde su publicación, si bien podrá interponerse, a elección del recurrente, recurso potestativo de reposición ante la Presidenta del Servicio Canario de Empleo, en el plazo de un mes, contado asimismo desde la publicación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de octubre de 2005.- La Presidenta, María Luisa Zamora Rodríguez.
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