De conformidad con lo previsto en los artículos 44.2 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público que por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 17 de junio de 2005, se adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
"IV.- Área de Planeamiento y Gestión Urbanística y Patrimonio.
Planeamiento.
Aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la parcela nº 36 del Plan Parcial Las Torres (Polígono I).
El Ayuntamiento Pleno acordó, por unanimidad de los presentes, aprobar la propuesta del tenor literal siguiente:
"Vistos los documentos obrantes en el expediente de referencia, fundamentalmente, los siguientes
ANTECEDENTES
1º) Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 27 de enero de 2005 se procedió a la aprobación inicial del Estudio de Detalle referido a la parcela nº 36 del Plan Parcial de Las Torres (Polígono I), estableciéndose en el mismo las condiciones de que "Se deberá evitar el impacto que sobre la visión lejana de la parcela 36 puede suponer la vivienda situada a inferior cota, alejándola del borde Norte de la parcela", debiendo incorporarse dicha corrección al documento técnico para el trámite de aprobación definitiva, así como que "los nuevos viales que se crean por el Estudio de Detalle serán privativos de las viviendas".
2º) El mismo se sometió a información pública mediante la publicación del correspondiente anuncio en el periódico "Canarias7", de 16 de febrero de 2005, en el Boletín Oficial de la Provincia (nº 27), de fecha 28 de febrero de 2005 y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, entre los días 15 de febrero de 2005 a 16 de marzo de 2005, sin que conste en el expediente la presentación de escritos de alegaciones, según informe del Servicio de Planeamiento de fecha 12 de abril de 2005.
3º) Con fecha 10 de mayo de 2005 -R.E. nº 05/62.247- se presenta por la sociedad promotora plano señalado con el nº 3, al efecto de proceder a la subsanación de la condición técnica impuesta en el acuerdo de aprobación inicial.
4º) Así, se emite informe con fecha 16 de mayo de 2005 por el Servicio de Planeamiento, en el que se recoge:
"En relación con el asunto epigrafiado, cúmpleme informar:
1. El Estudio de Detalle "Parcela 36 del Plan Parcial Las Torres" fue aprobado inicialmente por la Junta de Gobierno Local el día 27 de enero de 2005 con los siguientes condicionantes:
- "Evitar el impacto que sobre la visión lejana de la Parcela 36 puede suponer la vivienda situada a inferior cota, alejándola del borde Norte de la parcela.
- Los nuevos viales que se crean por el Estudio de Detalle serán privativos de las viviendas."
2. Se sometió a información pública por el plazo de un mes, desde el 15 de febrero hasta el 16 de marzo de 2005, previa publicación de su anuncio, además de en el tablón de anuncios municipal, en el Boletín Oficial de la Provincia (28 de febrero de 2005) y en la prensa local (16 de febrero de 2005).
No se recibió alegación alguna en el referido período.
3. Con fecha 10 de mayo de 2005 se registró con nº 05/62.247 un anexo al Estudio de Detalle con la finalidad de satisfacer el condicionante referido a la posición con respecto al borde Norte de la vivienda situada en la parcela de inferior cota. Se trata de un nuevo plano-resumen de los originales planos 3 y 4, "Planta General" y "Parcelario", a pesar de que se ha optado por denominarlo como el primero de ellos.
Se establece un aumento de aproximadamente 2,00 m en la distancia existente entre esta vivienda y el borde citado: 6,76 m en lugar de los 4,75 m con que contaba anteriormente. El incremento producido se ha obtenido como consecuencia del estrechamiento de aproximadamente 1,00 m de la crujía del salón-comedor en su extremo situado más al norte, además de la reducción de 0,25 m producida en la sección de cada uno de los 4 viales privados, pasando de 9,50 m a 9,25 m. Esto ha supuesto un reajuste de las superficies de las parcelas que queda reseñado en el cuadro adjunto.
Dada la adecuación del documento presentado al condicionamiento efectuado en el acuerdo de aprobación inicial del Estudio de Detalle "Parcela 36 de La Minilla" y la inexistencia de alegaciones que incorporar al mismo, procede dar trámite para su aprobación definitiva.
Es cuanto se informa a los efectos oportunos."
5º) Por los Servicios Jurídicos se emite informe con fecha 19 de mayo de 2005 favorable para el trámite de aprobación definitiva, en el que se recoge que debe hacerse constar en el acuerdo el carácter privativo de los nuevos viales abiertos por el estudio de detalle.
Vistas las disposiciones legales de aplicación, fundamentalmente:
I.- El artículo 123.1.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, establece la competencia del Pleno Municipal para la aprobación que ponga fin a la tramitación de los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística, entre los que se encuentran los Planes Parciales.
II.- El artículo 140 del Reglamento de Planeamiento, en cuanto al traslado y remisión a la Comisión de Ordenación y Medio Ambiente de Canarias, del acuerdo de aprobación definitiva y Estudio de Detalle.
III.- El artículo 44.2, párrafo 2º del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, y el artículo 70.2 -en relación con el artículo 65.2- de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a su publicación a los efectos de su entrada en vigor."
Visto, asimismo, el dictamen de la Comisión del Pleno de Urbanismo y Medio Ambiente de fecha 8 de junio de 2005, el Pleno de la Corporación,
ACUERDA:
Primero.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle formulado por la entidad mercantil Canarias Urbano 2000, S.L., para la parcela nº 36 del Plan Parcial Las Torres (Polígono I), consistente en la ordenación volumétrica de dicha parcela y apertura de viales, con aplicación de la Ordenanza RCH, y con la siguiente condición:
- Los nuevos viales que se crean por el Estudio de Detalle serán privativos de las viviendas.
Segundo.- Comunicar este acuerdo a la Comisión de Ordenación y Medio Ambiente de Canarias, a los efectos previstos en el artículo 140 del Reglamento de Planeamiento.
Tercero.- Proceder a la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 44.2, párrafo 2º del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.
Cuarto.- Proceder a publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas este acuerdo de aprobación definitiva, junto con la normativa del Estudio de Detalle, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.2, en relación con el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Quinto.- Notificar este acuerdo en legal forma a los interesados, haciéndoles saber que contra el citado acto expreso, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Sala de Las Palmas), a tenor de lo establecido en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, del Poder Judicial, en concordancia con lo establecido en el artículo 109.c) de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administración Públicas y del Procedimiento Administrativo Común."
Lo que se publica para general conocimiento a los efectos indicados.
Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de agosto de 2005.- La Alcaldesa-Presidenta, p.d., el Concejal de Gobierno del Área de Planeamiento, Gestión Urbanística y Patrimonio (Decreto nº 115, de 7.1.04 y nº 14.026, de 15.6.04), Felipe Afonso El Jaber.
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