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Por el Ilmo. Sr. Presidente del Cabildo de Fuerteventura, D. Mario Cabrera González, ha sido adoptada en fecha 14 de julio de 2005, la Resolución cuyo tenor literal es el siguiente:
RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE
RECURSO DE REPOSICIÓN
No teniendo constancia en este Cabildo del domicilio del titular del vehículo que se relaciona y siendo preciso notificarle la resolución del recurso presentado en el expediente sancionador incoado con motivo de la infracción a la normativa del transporte por carretera, y conforme al artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En ejercicio de las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía de Canarias, transferidas a esta Corporación por Decreto 159/1994, de 21 de julio, y artículo 34.1.o) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde a la Presidencia la resolución de los expedientes relativos a transportes terrestres, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y vista la propuesta de resolución de la Jefa de Sección de Transportes y Comunicaciones en funciones de fecha 14 de julio de 2005, es por lo que se resuelve:
1.- Notificar al titular del vehículo que se cita en la resolución del recurso presentado en el expediente sancionador que le ha sido instruido por este Cabildo por infracción a la legislación de transporte por carretera.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, o aquel en cuya circunscripción tenga el demandante su domicilio, a interponer en el plazo de dos meses desde su notificación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
2.- Remitir al Ayuntamiento de la población citada la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
EXPTE.: GC/200786/I/03; TITULAR: Anarent, S.L.; POBLACIÓN: El Castillo-Antigua; INFRACCIÓN: artículos 133 y 140.a) Ley 16/1987, de 30.7, artículos 174 y 197.a) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 143 LOTT, artº. 201 ROTT; CUANTÍA: 1.502,53 euros; HECHO INFRACTOR: realizar funciones de empresa arrendadora careciendo de autorización administrativa.
Puerto del Rosario, a 14 de julio de 2005.- El Secretario General, Miguel Ángel Rodríguez Martínez.- Vº.Bº.: el Presidente, Mario Cabrera González.
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