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BOC Nº 097. Jueves 19 de Mayo de 2005 - 1703

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia y Justicia

1703 - Dirección General de la Función Pública.- Anuncio de 6 de mayo de 2005, sobre provisión de los puestos de trabajo de Secretaría y de Tesorería del Ayuntamiento de Santa Brígida, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y vacantes en la plantilla de la Corporación.

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Mediante Resoluciones números 365/2005, de 14 de abril, y 380/2005, de 20 de abril, dictadas por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Brígida, se nombra Secretario Accidental a D. Jacinto Hernández Suárez, funcionario de la Corporación, con efectos de 14 de abril de 2005, y se nombra Tesorero Accidental a D. José Carmelo Guerra Hernández, funcionario del Ayuntamiento, con efectos desde el día 20 de abril de 2005, respectivamente.

Los indicados puestos de trabajo están reservados a la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría, categoría superior, y Subescala de Intervención-Tesorería, respectivamente, y se hallan vacantes tras el cese de sus anteriores titulares.

El artículo 33 del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio (B.O.E. nº 189, de 9 de agosto), por el que se regula la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, dispone que cuando no fuese posible la provisión de un puesto de trabajo reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional por concurso o en virtud de nombramiento provisional, acumulación de funciones o comisión de servicios, las Corporaciones locales podrán nombrar, con carácter accidental, a uno de sus funcionarios suficientemente capacitado.

El artículo decimocuarto del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio (B.O.E. nº 163, de 9 de julio), por el que se modifica la normativa reguladora de los sistemas de selección y provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, añade un párrafo segundo en el indicado artículo 33, conforme al cual, en los casos de vacante del puesto, comisión de servicios o servicios especiales del titular, con carácter previo al nombramiento accidental, las Corporaciones locales deberán solicitar preceptivamente informe al órgano competente de la comunidad autónoma sobre la existencia de algún funcionario con habilitación de carácter nacional interesado en la provisión del puesto de trabajo por los procedimientos previstos en el artículo 30 -nombramiento provisional-, artículo 31 -acumulación de funciones- y artículo 32 -comisión de servicios-.

Lo que se hace público, a fin de que los funcionarios con habilitación de carácter nacional que estén interesados en la provisión de los indicados puestos por alguna de las formas de provisión no definitivas señaladas en el párrafo anterior, puedan presentar su solicitud en esta Dirección General, en el plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias.

En todo caso, los nombramientos que confiera esta Dirección General a favor de funcionarios con habilitación nacional implicarán los ceses de D. Jacinto Hernández Suárez, como Secretario Accidental, y de D. José Carmelo Guerra Hernández, como Tesorero Accidental, y quedarán revocados cuando los puestos sean ocupados por titulares definitivos en virtud de concurso.

Santa Cruz de Tenerife, a 6 de mayo de 2005.- El Director General de la Función Pública, Juan José Rodríguez Rodríguez.

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