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Por la Sra. Consejera Delegada de Transportes y Comunicaciones, Dña. Pilar Rodríguez Ávila, ha sido adoptada en fecha 10 de marzo de 2005, la Resolución cuyo tenor literal es el siguiente:
RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERA DELEGADA.
No teniendo constancia en este Excmo. Cabildo Insular del domicilio del titular del vehículo que se relaciona y siendo preciso notificarle la oportuna incoación como consecuencia de la denuncia contra él a efectos de que alegue lo que a su derecho convenga, y conforme al artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En ejercicio de las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía de Canarias, transferidas a esta Corporación por Decreto 159/1994, de 21 de julio, y artículo 34.1.o) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde a la Presidencia la resolución de los expedientes relativos a transportes terrestres, habiendo delegado dicha atribución por Decreto 562/2004, de 20 de febrero, en la Consejera Delegada de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y vista la Propuesta de Resolución de la Jefa de Sección en funciones de Transportes y Comunicaciones, de fecha 10 de marzo de 2005, es por lo que se acuerda:
1.- Notificar al titular del vehículos que se cita la resolución que ha recaído en el expediente sancionador que le ha sido instruido por este Cabildo Insular por infracción a la legislación de transporte por carretera.
El interesado dispone de un plazo de 15 días a partir de la publicación de la presente Resolución para manifestar por escrito lo que a sus derechos convenga, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso, intente valerse.
2.- Remitir al Ayuntamiento de la población citada la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
TITULAR: Agencia Guanche, S.A.; EXPTE.: GC/200398/O/04; POBLACIÓN: San Bartolomé de Tirajana; Matrícula: 9035-CRR; INFRACCIÓN: artº. 141.19 LOTT, artº. 17 Orden Ministerial de 20.7.95 (B.O.E. de 2.8); PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 143.1.e) LOTT; Cuantía: 1.001,00 euros; Hecho Infractor: no contener el contrato de arrendamiento los datos exigibles por la normativa.
Puerto del Rosario, a 10 de marzo de 2005.- El Secretario General, Miguel Ángel Rodríguez Martínez.- Vº.Bº.: el Presidente, p.d., la Consejera Delegada de Transportes y Comunicaciones, Pilar Rodríguez Ávila.
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