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BOC Nº 051. Viernes 11 de Marzo de 2005 - 335

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

335 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 3 de febrero de 2005, de la Presidenta, por la que se determinan los importes de los créditos que se destinan a determinadas subvenciones en el ámbito del empleo y la formación para el ejercicio 2005.

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La Ley 14/1999, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2000 (B.O.C. nº 171, de 31.12.99), en su Disposición Adicional Decimoquinta, establece de forma textual lo siguiente: "(...) 1. La gestión por el Instituto Canario de Formación y Empleo [actual Servicio Canario de Empleo (SCE) (Ley 12/2003, de 4 de abril, B.O.C. nº 80, de 28.4.03)] de las ayudas, subvenciones y préstamos que, en materia de trabajo, empleo y formación, ha sido traspasada a la Comunidad Autónoma de Canarias mediante los Reales Decretos 250/1985, de 23 de enero, 447/1994, de 11 de marzo, 150/1999, de 29 de enero, y 939/1999, de 4 de junio, se realizará de conformidad con la normativa estatal, hasta tanto por el Gobierno de Canarias se regule el régimen general de concesión de los mismos, quedando excluida del ámbito de aplicación del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, y sin perjuicio del ejercicio de la función interventora prevista en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General (...)".

Por otra parte, el artículo 16.1 del Decreto 150/2001, de 23 de julio, por el que se modifican los Decretos de adaptación de los procedimientos de concesión de determinadas subvenciones por el Instituto Canario de Formación y Empleo y se establecen sus normas procedimentales (B.O.C. nº 91, de 25.7.01), modificado por el Decreto 172/2001, de 30 de julio (B.O.C. nº 99, de 3.8.01) y por el Decreto 155/2002, de 24 de octubre (B.O.C. nº 152, de 15.11.02), dispone que: "1. Mediante resolución del Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias en el primer trimestre de cada año, se determinarán los importes de los créditos que se destinen a las subvenciones para el desarrollo de los programas descritos en el presente Decreto, así como sus correspondientes aplicaciones presupuestarias, y sin perjuicio de lo que dispongan las respectivas convocatorias de cada programa".

En la Certificación de fecha 15 de diciembre de 2004, del Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, actuando en calidad de Secretario Permanente de la Conferencia Sectorial para Asuntos Laborales, se recoge que en la XXIV sesión de la Conferencia Sectorial para Asuntos Laborales, celebrada en Madrid el 29 de noviembre de 2004, se acordó la aprobación de distribución de fondos para la financiación en el ejercicio 2005 de las siguientes acciones destinadas a subvenciones:

Fomento de Empleo, y Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo: 78.469.028,00.

Formac. Profesional Ocupacional y Continua: 50.815.384,00.

Vistos los antecedentes mencionados, la competencia atribuida a la Presidenta del Servicio Canario de Empleo y lo establecido en las Disposiciones Adicionales Primera y Segunda de la mencionada Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo, y las demás normas de general y pertinente aplicación,

En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Las subvenciones a otorgar para el desarrollo de Empleo, y Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo, Formación Profesional Ocupacional y Continua, traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias por los Reales Decretos 150/1999, de 29 de enero, 250/1985, de 23 de enero, 631/1993, de 3 de mayo, 447/1994, de 11 de marzo, y por el Decreto 13/2000, de 31 de enero, se financiarán con cargo a los créditos consignados en las siguientes aplicaciones del Estado de Gastos del Presupuesto del Servicio Canario de Empleo para el año 2005.

1. Aplicación: 2005.23.01.322I.470.00 Línea de Actuación 23425402 "Promoción del Empleo Autónomo". Importe: 3.886.125,00 euros.

2. Aplicación: 2005.23.01.322I.470.00 Línea de Actuación 23425502 "Integración Laboral de los Minusválidos en Centros Especiales de Empleo y Trabajo Autónomo". Importe: 3.185.602,72 euros.

3. Aplicación: 2005.23.01.322I.770.00 Proyecto 02723104 "Transferencia de Capital a Centros Especiales de Empleo y a Trabajadores Minusválidos Autónomos". Importe: 1.119.225,28 euros.

4. Aplicación: 2005.23.01.322H.450.00 Línea de Actuación 23453601 "Convenios con Corporaciones Locales". Importe: 20.956.926,00 euros.

5. Aplicación: 2005.23.01.322H.480.00 Línea de Actuación 23453701 "Convenios con Organismos". Importe: 5.694.936,00 euros.

6. Aplicación: 2005.23.01.322L.470.00 Línea de Actuación 23453801 "Fomento de la Contratación Indefinida de Trabajadores Minusválidos". Importe: 2.153.207,00 euros.

7. Aplicación: 2005.23.01.322I.450.00 Línea de Actuación 23400301 "Agentes de Empleo y Desarrollo Local". Importe: 5.578.605,00 euros.

8. Aplicación: 2005.23.01.322I.470.00 Línea de Actuación 23445401 "Fomento del Desarrollo Local". Importe: 1.584.170,00 euros.

9. Aplicación: 2005.23.01.322I.470.00 Línea de Actuación 23445501 "Impulso de Proyectos y Empresas I + E". Importe: 1.909.711,00 euros.

10. Aplicación: 2005.23.01.322I.470.00 Línea de Actuación 23400401 "Bonificaciones Cuotas Seguridad Social a Trabajadores Perceptores de la prestación por desempleo en su Modalidad de Pago Único". Importe: 566.579,00 euros.

11. Aplicación: 2005.23.01.322H.470.00 Línea de Actuación 23454601 "Escuelas-Taller Casas de Oficio y Talleres de Empleo". Importe: 24.971.961,00 euros.

12. Aplicación: 2005.23.01.322H.470.00 Línea de Actuación 23454001 "Información y Orientación Profesional para el empleo. Búsqueda activa de empleo. Asistencia Autoempleo". Importe: 4.826.686,00 euros.

13. Aplicación: 2005.23.01.322H.480.00 Línea de Actuación 23445301 "Programas experimentales en Materia de Empleo". Importe: 2.035.294,00 euros.

14. Aplicación: 2005.23.01.322H.470.00 Línea de Actuación 23414302 "Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional". Importe: 43.585.330,00 euros.

15. Aplicación: 2005.23.01.322H.229.43 "PLAN FIP". Importe: 711.235,00 euros.

16. Aplicación: 2005.23.01.322J.470.00 Línea de Actuación 23445601 "Acciones de Formación Continua. Contratos Programas". Importe: 5.801.749,00 euros.

17. Aplicación: 2005.23.01.322J.470.00 Línea de Actuación 23445701 "Acciones de Formación Continua. Acciones Complementarias". Importe: 717.070,00 euros.

Segundo.- El volumen total de las subvenciones a conceder dentro del ejercicio presupuestario no superará la citada consignación o la que resulte de su actualización, en el caso de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente.

Notifíquese esta Resolución, con la indicación de que contra la misma, al poner fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, o bien, a criterio del interesado, interponer recurso potestativo de reposición ante la Presidenta del Servicio Canario de Empleo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial de Canarias en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de febrero de 2005.- La Presidenta, Águeda Montelongo González.

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