Estás en:
El Decreto 84/2001, de 19 de marzo (B.O.C. nº 40, de 30.3.01), instituye los Premios y la Distinción Honorífica del Instituto Canario de Seguridad Laboral, con el fin de incentivar, las mejores actuaciones preventivas, las soluciones e innovaciones más eficientes en prevención, las publicaciones y los artículos de mayor interés y de especial impacto o relevancia en la introducción y consolidación de una cultura de la prevención, los cuales se concederán mediante convocatorias anuales, facultando al Consejero de Empleo y Asuntos Sociales para el dictado de las disposiciones de su ejecución y desarrollo.
En su virtud, en uso de las facultades que tengo conferidas en la Disposición Final Primera del citado Decreto 84/2001,
R E S U E L V O:
Artículo 1.- Convocatoria.
Convocar los Premios y la Distinción Honorífica del Instituto Canario de Seguridad Laboral correspondientes al año 2005, en las siguientes modalidades:
a) Premio a las empresas, con una dotación de tres mil cinco euros con seis céntimos (3.005,06 euros).
b) Premio individual, con una dotación de mil quinientos dos euros con cincuenta y tres céntimos (1.502,53 euros).
c) Premio escolar, con una dotación de mil quinientos dos euros con cincuenta y tres céntimos (1.502,53 euros).
d) Distinción Honorífica a la labor de personas o entidades que, de forma continuada y relevante, hayan contribuido a la prevención de riesgos laborales y/o a la consolidación de una cultura de la prevención.
Artículo 2.- Accésit.
A propuesta del Jurado nombrado para deliberar sobre el otorgamiento de los Premios y de la Distinción Honorífica, se podrá conceder, cuando proceda, un accésit por cada una de las modalidades previstas y por importe del cincuenta por ciento de su respectiva dotación.
Artículo 3.- Lugar y plazo de presentación de las candidaturas.
1. Los interesados deberán dirigir su solicitud de participación, conforme al modelo que figura como anexo a la presente Orden, al Director General de Trabajo, acompañada de dos ejemplares de los documentos acreditativos de la labor desarrollada en la prevención de riesgos laborales o del trabajo realizado.
La precitada documentación se enviará al Instituto Canario de Seguridad Laboral, sito en la calle Alicante, 1, Las Palmas de Gran Canaria-35016, o en la Avenida Ramón y Cajal, 3, planta semisótano 1, local 5, Edificio Salesianos, Santa Cruz de Tenerife-38004, haciendo constar en el sobre la inscripción "Para los Premios y la Distinción Honorífica del Instituto Canario de Seguridad Laboral 2005", así como la modalidad a la que se presenta. Dentro del sobre, acompañado al trabajo, deberán incluirse los datos personales de quien opta al Premio.
2. Los trabajos que hayan aparecido en los medios de comunicación, que no fueran acompañados de identificación, sus autores/as tendrán que justificar la autoría del mismo mediante certificación del/de la Director/a del medio.
3. El plazo para la presentación de los documentos señalados en los puntos anteriores finaliza el día 1 de abril del año 2005, a las 13 horas, y serán fallados antes del siguiente 25 de abril, quedando los originales no premiados a disposición de sus autores/as, hasta el día 28 de junio, en el mismo lugar en que fueron entregados.
Artículo 4.- Aceptación.
La participación en la presente convocatoria significa la aceptación de las normas que regulan los Premios y la Distinción Honorífica del Instituto Canario de Seguridad Laboral.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- En lo no regulado en la presente Orden será de aplicación el Decreto 84/2001, de 19 de marzo, por el que se instituyen los Premios y la Distinción Honorífica del Instituto Canario de Seguridad Laboral.
Segunda.- La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 3 de febrero de 2005.
LA CONSEJERA DE EMPLEO
Y ASUNTOS SOCIALES,
Águeda Montelongo González.
© Gobierno de Canarias