Estás en:
Habiendo sido intentada la notificación de la citada Resolución de justificación parcial en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibida por el interesado, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Sol Mejías, RG, S.L.L. de la Resolución nº 04-38/3317, de fecha 15 de noviembre de 2004, cuyo tenor literal es el siguiente:
"Visto el expediente de referencia, incoado a instancia de Dña. Rosa María Pérez Labajos, en representación de la entidad Sol Mejías RG, S.L.L.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Que por Resolución nº 02-38/3391 dictada por el Director de fecha 3 de junio de 2002 se concedió a la citada entidad una subvención de las previstas en el programa "Desarrollo de la Economía Social", de la Orden de 29 de diciembre de 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones públicas con cargo al programa "Desarrollo de la Economía Social" (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), modificada por las Órdenes de 24 de noviembre de 1999 (B.O.E. nº 287, de 1.12.99) y de 4 de septiembre de 2000 (B.O.E. nº 221, de 14.9.00) y de 26 de noviembre de 2001 (B.O.E. nº 299, de 14.12.01), para incorporación de desempleados como socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales, por importe de nueve mil quince euros con dieciocho céntimos (9.015,18 euros), por la incorporación de desempleados como socios trabajadores o de trabajo en la entidad, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.01.322I.470.21, P.I. 23400601, denominación "Desarrollo de la Economía Social".
Segundo.- Asimismo la entidad beneficiaria venía obligada a justificar la utilización de los fondos públicos en la realización de la actividad objeto de la subvención mediante la aportación de la documentación reseñada en el resuelvo tercero de la citada resolución y en los mismos términos en el artº. 8 de la Orden de 29 de diciembre de 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones públicas con cargo al programa "Desarrollo de la Economía Social" (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), modificada por las Órdenes de 24 de noviembre de 1999 (B.O.E. nº 287, de 1.12.99) y de 4 de septiembre de 2000 (B.O.E. nº 221, de 14.9.00) y de 26 de noviembre de 2001 (B.O.E. nº 299, de 14.12.01).
Tercero.- Que se ha considerado parcialmente justificada la subvención por este Centro Gestor, correspondiente al primer y segundo plazo, habiéndose emitido informe de fiscalización previa limitada en los términos que expone el informe del Centro Gestor por la Intervención Delegada en el Servicio Canario de Empleo mediante escritos de 2 de agosto de 2002, nº 1718, y de 10 de marzo de 2003, nº 574, respectivamente.
Cuarto.- Que mediante Resolución nº 04-38/2015 de fecha 23 de julio de 2004 se acuerda el reintegro parcial de la subvención concedida, y correspondiente al tercer plazo, período que resta por justificar.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero.- Que el Servicio Canario de Empleo es competente en la tramitación y dictado de la presente Resolución, a tenor de lo dispuesto en la Ley 12/2003, de 4 de abril (B.O.C. nº 80, de 28.4.03), en relación con el Decreto 155/2002, de 24 de octubre, por el que se modifica el Decreto 150/2001, de 23 de julio, que modifica los decretos de adaptación de los procedimientos de concesión de determinadas subvenciones y se establecen normas procedimentales.
Segundo.- Examinada la documentación presentada y a la vista de los informes de la Intervención Delegada y del Centro Gestor procede declarar justificada parcialmente la subvención de referencia, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación previstas en el artº. 17 del Decreto 150/2001 antes mencionado.
Vistos los preceptos legales citados y demás concordantes de general aplicación,
R E S U E L V O:
Único.- Declarar justificada parcialmente la subvención concedida a la entidad Sol Mejías RG, S.L.L., mediante Resolución nº 02-38/3391 dictada por el Director de fecha 3 de junio de 2002, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación previstas en el artículo 17 del Decreto 150/2001, antes mencionado.
Notifíquese la presente Resolución al interesado, con la indicación de que, contra la presente Resolución podrá interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Empleo y Asuntos Sociales en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artº. 114 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro que estimara procedente interponer. El cómputo de los plazos anteriormente indicados, se iniciará a partir del día siguiente al de la notificación del presente acto.- El Director del Servicio Canario de Empleo, Claudio Alberto Rivero Lezcano, propuesto por el Jefe del Servicio de Apoyo a la Economía Social, Adolfo Faleh Pérez."
Santa Cruz de Tenerife, a 13 de enero de 2005.- El Director, Claudio-Alberto Rivero Lezcano.
© Gobierno de Canarias