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BOC Nº 016. Martes 25 de Enero de 2005 - 93

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia y Justicia

93 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 13 de enero de 2005, por la que se clasifica como puesto a proveer por el sistema de libre designación el puesto de trabajo de Tesorería del Cabildo Insular de Gran Canaria (provincia de Las Palmas), reservado a la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería.

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Examinado el expediente iniciado a solicitud del Cabildo Insular de Gran Canaria (provincia de Las Palmas), para la transformación del sistema de provisión del puesto de trabajo de Tesorería, reservado a la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería.

Vista la propuesta formulada por el Servicio de Régimen Interno y Relaciones con la Administración Local.

Y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Mediante escrito de fecha 15 de diciembre de 2004 (Registro de Salida nº 40.813, de 29 de diciembre), que tuvo entrada en esta Dirección General el día 30 de diciembre de 2004 (Registro General nº 1.018.790; DGFP/15.427), la Presidencia del Cabildo Insular de Gran Canaria solicita de este Centro Directivo la clasificación del puesto de trabajo de Tesorería de la Corporación como puesto a proveer por el sistema de libre designación. Asimismo, se acompaña la certificación del acuerdo adoptado por el Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 21 de enero de 1999, por el que se aprobó la Relación de Puestos de Trabajo del Cabildo, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 72, de 16 de junio de 1999, en la cual se incluye el puesto nº 02.04.1.1.4.001, actualmente nº 02.02.1.1.4.001, denominado Tesorero, con nivel de complemento de destino 30 y como forma de provisión la de libre designación.

2º) La Corporación Insular justifica el marcado carácter directivo de las funciones asignadas al puesto y la especial responsabilidad que asume en la organización de la Corporación.

3º) Consta certificación de la Intervención General de la Corporación Insular, acreditativa de que la cuantía del Presupuesto vigente ordinario asciende a quinientos tres millones seiscientos veintiséis mil quinientos trece euros con treinta y cuatro céntimos (503.626.513,34 euros).

4º) El puesto de Tesorero se halla actualmente vacante, por jubilación de su anterior titular.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Corresponde a la Dirección General de la Función Pública el ejercicio de las competencias que, respecto a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, están atribuidas a la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43, letra b), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Justicia, aprobado por Decreto 40/2004, de 30 de marzo (B.O.C. nº 70, de 13 de abril).

Segunda.- El artículo 159, nº 1, del Texto Refundido de Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril (B.O.E. números 96 y 97), en la redacción dada por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. nº 313, de 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, dispone que la competencia de ejecución en materia de creación, supresión y clasificación de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, de su ámbito territorial, corresponde a la Comunidad Autónoma respectiva, cuyo órgano competente resolverá los expedientes de clasificación y ordenará la publicación de la Resolución en su diario oficial, de acuerdo con el artículo 9º del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio (B.O.E. nº 189, de 9 de agosto), sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Tercera.- El artículo 99.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (B.O.E. nº 80, de 3 de abril), en la redacción dada por el Real Decreto Legislativo 2/1994, de 25 de junio (B.O.E. nº 154), y el artículo 27.1 del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio (B.O.E. nº 189, de 9 de agosto), sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, disponen que, con carácter excepcional, podrán cubrirse por el sistema de libre designación, entre habilitados de carácter nacional de la subescala y categoría correspondientes, los puestos a ellos reservados que se determinen en las relaciones de puestos de trabajo. Dicho sistema sólo podrá adoptarse, en atención al marcado carácter directivo de sus funciones o a la especial responsabilidad que asuman, respecto de los puestos en Diputaciones Provinciales, Cabildos, Consejos Insulares, Ayuntamientos de capitales de Comunidad Autónoma o de provincia y de aquellos municipios con población superior a 100.000 habitantes, siempre que en la relación respectiva tengan asignado nivel 30 de complemento de destino. Además, cuando se trate de puestos de Intervención y de Tesorería, a los requisitos señalados anteriormente, hay que añadir el de que la cuantía mínima del presupuesto vigente ordinario de la Corporación habrá de ser superior a 18.030.363,13 euros. La opción por el sistema de libre designación requiere la modificación previa en tal sentido de la correspondiente relación de puestos de trabajo y comunicación al órgano competente de la Comunidad Autónoma a efectos de clasificación.

Cuarta.- A la vista de la documentación que obra en el expediente, resulta acreditado el cumplimiento de los requisitos que exige la normativa vigente para optar por la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo referenciado.

En su virtud, y en el ejercicio de la competencia que ostento,

R E S U E L V O:

Primero.- Clasificar como puesto a proveer por el sistema de libre designación el puesto de trabajo nº 02.02.1.1.4.001, denominado Tesorería, existente en la plantilla del Cabildo Insular de Gran Canaria (provincia de Las Palmas), reservado a la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería.

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 9 y 27.2 del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, citado.

Tercero.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, bien ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga el demandante su domicilio, bien ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife. O, potestativamente, a criterio del interesado, interponer en vía administrativa recurso de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a que tenga lugar la publicación, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 13 de enero de 2005.- El Director General de la Función Pública, Juan José Rodríguez Rodríguez.

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